N° 10417/20 Aviso del Boletín Oficial
MARUEG S.R.L.
Texto del aviso
MARUEG S.R.L.
CUIT 33-71634212-9. Por Escritura Nº 17 del 05-02-20, se modifico el artículo 3º (objeto), quedando de la siguiente
forma: “TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros,
en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a) Consultoría: Prestación de servicios por cuenta
propia, asociada a terceros o mediante la adscripción prepaga a la sociedad, de consultoría integral empresaria
en materia comercial, financiera, técnica y de imagen, a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras,
para la organización y administración de empresas. Para ello contara con servicios en materia de seguridad e
higiene ambiental, selección de personal: búsqueda, preselección, selección y evaluación de personal, entre otros.
Los servicios de consultoría podrán desarrollarse en cualquier sector del comercio nacional o internacional. b)
Constructora: ejecución de proyectos, dirección, administración, realización y mantenimiento de obras de ingeniería
de cualquier naturaleza, de carácter público o privado; c) comercial: compraventa, representación y distribución
de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo; d) Mandataria: la realización de todo
tipo de mandamientos, comisiones, representaciones y consignaciones comerciales; e) la prestación integral
de médico asistencial, administración, gerenciamiento dirección y/o control de prestaciones sanatoriales que
incluyan: 1) Servicios de internación, prestaciones médicas, análisis químicos y bioquímicos, estudios radiológicos
y nucleares, cobertura de emergencias médicas con servicios de ambulancia, consultas médicas ambulantes
y/o consultorios externos. 2) Atención médica a domicilio. 3) Terapia radiante y terapia intensiva. 4) Servicio de
hemoterapia. 5) Administración y gerenciamiento de planes de salud y asistencia médica. La sociedad tiene a
tales fines plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos necesarios que
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.317 - Segunda Sección 28 Viernes 28 de febrero de 2020
no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por
personas con título habilitante”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 17 de fecha 05/02/2020 Reg. Nº 5
Matias Ezequiel Camaño - Habilitado D.N.R.O. N° 3029
e. 28/02/2020 N° 10417/20 v. 28/02/2020