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N° 10379/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 60

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 2 de marzo de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 60

El Juzgado Nacional de 1° Inst. en lo Comercial N° 30 a cargo de Sebastián I. SÁNCHEZ CANNAVÓ, Secretaría

N° 60 a mi cargo sito en Montevideo N° 546 piso 6°, CABA, comunica por 2 días en los autos caratulados “

MANFICO S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA AUTOMOTOR DOMINIO: LSP014” Expediente 19411/2016/20,

que el Martillero Público Claudio Edmundo LINARDI, CUIT 20-12632298-5, Monotributista, rematará el VIERNES

13/03/2020 A LAS 11.45 HS. “en punto” en Jean Jaures N° 545 CABA, el 100% del automotor propiedad de la fallida

marca Peugeot Citroën Argentina SA modelo MC-207 Compact Allure 1.4 HDI 5 puertas, motor N° 10FDBU3023891,

chasis N° 8AD2M8HZMDGO34097, dominio LSP014. Todo al contado, en dinero efectivo, al mejor postor y en el

estado en que se encuentra. BASE: $ 80.000,00. En caso de que no haya postores, transcurrida la media hora se

reduce en 25% la base y de persistir esa circunstancia será ofrecido sin base. CONDICIONES DE VENTA: en el

acto del remate el comprador deberá abonar: el precio total del bien, el 10% por comisión, el 0,25% por arancel

sobre el precio de venta (Acordada 10/1999 y 24/2000 CSJN al igual que el 10,5% del I.V.A. sobre el precio final

de venta. EXHIBICIÓN: Los días 9 y 10 de marzo de 2020 de 11.00 a 13.00 Hs. en el depósito donde se encuentra

sito en la calle Homero N° 1331 de la C.A.B.A. ESTADO DE LA UNIDAD: No se encuentra en buen estado de

conservación, kilometraje: 303.932 Km., el estado del motor se desconoce y al momento de su constatación

respondió normalmente al encendido, pero su batería hubo que recargarla. El estado exterior e interior presenta

muchos detalles y faltantes como surge de la constatación (v. pg. 64/70 del Expte.) INFORMES:(011) 6107-7718.

CONDICIONES DE VENTA: Queda prohibida la compra en comisión y por poder, así como la ulterior cesión del

boleto que se extienda y cualquier operatoria tendiente a que el bien sea adquirido por una persona diferente a

quien resulte adjudicatario en el acto de la subasta. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento

de las constancias del expediente, de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la

subasta decretada. DEUDAS: INFRACCIONES: Ciudad Autónoma de Buenos Aires: No registra infracciones al

12/02/2020.- Provincia de Buenos Aires: $ 121.385,16 al 12/02/2020. Rentas Ciudad de Buenos Aires: $ 29.621,55

al 12/02/2020. Las deudas que registre el automotor por multas y patentes hasta la fecha del decreto de quiebra

deberán ser verificadas de acuerdo a la normativa concursal (art. 32 LCQ). Aquellas devengadas entre el decreto de

quiebra y la entrega de la posesión quedan a cargo de la masa (art. 240 LCQ). Las devengadas con posterioridad

a la posesión serán a cargo del adquirente. FALLIDA: MANFICO S.A. CUIT N° 30-57874966-3. Dado, firmado y

sellado, en la sala de mi público despacho a los 27días del mes de febrero de 2020.- SEBASTIÁN I. SÁNCHEZ

CANNAVÓ Juez - THELMA L. LOSA SECRETARIA

e. 28/02/2020 N° 10379/20 v. 02/03/2020