W20 Argentina W20Argentina

N° 11119/20 Aviso del Boletín Oficial

SUB-1 S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 3 de marzo de 2020

Texto del aviso

SUB-1 S.A.

CUIT: 30-70603347-1. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/12/2019 se resolvió reformar

el art. 3 del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad

tendrá por objeto llevar a cabo por cuenta propia y de terceros o asociada a terceros en el país o en el exterior,

las siguientes actividades: A) Proveer, desarrollar y comercializar sistemas para el procesamiento y transmisión

electrónica de la información, datos y transacciones brindando estos servicios en forma directa o por medio de

las empresas que al efecto contrata. B) Brindar el servicio de procesamiento y transmisión, de datos funcionando

como Gateway entre el facilitador de pago y/o adquirente y el establecimiento comercial pudiendo a tal fin utilizar

los procesos existentes o a crearse, propios o alquilados. C) Desarrollar y comercializar software mediante el

análisis, diseño, programación e implementación de sistemas informativos, para aplicar a la transmisión y procesos

de datos a través de redes, como así también, a toda otra actividad relacionada con el de desarrollo del comercio

electrónico en redes abiertas y/o cerradas. D) Actuar como importadora, exportadora, distribuidora, representante,

o mandataria de los insumos materiales, productos de electrónica y de computación, y demás elementos o bienes

que utilice o realice como consecuencia de su actividad. E) Llevar a cabo el mantenimiento de sistemas o equipos,

capacitación, selección de personal, banco de datos, marketing, procesamiento de información. F) Realizar o

contribuir a realizar a través de internet, transacciones, publicidad, intercambio y auditoria de información. G)

Actuar como intermediadora a través de los medios de difusión en general y los usuarios a través de la red de

Internet. Asimismo, realizar operaciones de comercio exterior, mediante la compraventa de mercaderías, materias

primas, productos químicos, materiales elaborados o a elaborarse, nacionales o extranjeros, y toda otra clase

de bienes importándolos o exportándolos, y su distribución y venta dentro y fuera del país, pudiendo tomar o

constituir representaciones, mandatos, agencias y consignaciones en general. A tal fin, la Sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este Estatuto”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de

fecha 20/12/2019

Florencia Mariana Cavazza - T°: 64 F°: 18 C.P.A.C.F.

e. 03/03/2020 N° 11119/20 v. 03/03/2020