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N° 12369/20 Aviso del Boletín Oficial

INSURANCE CONSULTANTS INSCO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 9 de marzo de 2020

Texto del aviso

INSURANCE CONSULTANTS INSCO S.A.

30-69617744-5. Rectifico aviso No. 2763/20 del 21/01/2020. “TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar

por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a)

Inmobiliarias: la compraventa, permuta, locación de propiedades, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de

Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y

posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, la urbanización de clubes de campo y parques industriales, la

administración de propiedades, leasing, permuta, explotación, construcción, refacción, remodelación, urbanización,

subdivisión, y de cualquier modo la comercialización de bienes inmuebles de cualquier naturaleza, rurales o urbanos,

inclusive bajo el régimen de propiedad horizontal, propiedad compartida, urbanizaciones residenciales especiales

y cualquier otro tipo o clase de construcción de obras públicas o privadas, sean estas sobre inmuebles propios

o ajenos; y el desarrollo, construcción y comercialización de edificios por el Régimen de Propiedad Horizontal

y en general todo tipo de inmuebles, como así también todo tipo de obras civiles; b) Financieras y de inversión:

aporte de capitales en sociedades constituidas o a constituirse en el país o en el exterior, o en la concertación de

operaciones o emprendimientos inmobiliarios, productivos, comerciales, rurales, financieros o bursátiles. Otorgar

contratos de leasing relativos a bienes registrables; la adquisición, enajenación o transferencia de títulos, acciones,

debentures, facturas, remitos y valores mobiliarios en general, nacionales y extranjeros, títulos, bonos, papeles

de crédito, títulos valores de cualquier tipo o modalidad, creados o a crearse, toma y otorgamiento de toda clase

de créditos, con o sin garantía real, emisión de debentures, obligaciones negociables, papeles de comercio y

bonos, otorgamiento de avales y garantías. La realización de todo tipo de actividades de inversión y financieras,

con exclusión de todas aquellas operaciones reservadas exclusivamente a las instituciones comprendidas en

la Ley de Entidades Financieras o que requieran el concurso de ahorro público; c) Comerciales: adquisición,

locación, leasing, y en general, la comercialización, importación, exportación, compraventa, consignación, alquiler,

distribución de bienes muebles y mercaderías; d) Mandatarias: Ejercer mandatos, comisiones y representaciones

con relación a las actividades mencionadas en los puntos anteriores. La sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que directa o indirectamente se relacionen con

el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado

asamblea general extraordinaria de fecha 10/12/2019

Damian Rodriguez Peluffo - T°: 50 F°: 356 C.P.A.C.F.

e. 09/03/2020 N° 12369/20 v. 09/03/2020