N° 13076/20 Aviso del Boletín Oficial
TAYSOS S.A.
Texto del aviso
TAYSOS S.A.
CUIT 30-70783682-9, comunica que por Asamblea General Extraordinaria Unánime Nº 95 del 07/02/2020 se resolvió
la modificación del Artículo Tercero del Estatuto Social quedando redactado de la siguiente forma: “ARTICULO
Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, a (i)
Informática: a fabricar, comercializar, distribuir, dar soporte técnico, desarrollar, vender, locar, importar y exportar
programas, sistemas y cualquier otro tipo de elemento vinculado a la informática cualquiera sea su destino;
al procesamiento de datos, “software y hardware”, a la consultoría y administración de todo o vinculado a la
informática; (ii) Comercialización: Mediante la compra, venta, alquiler, leasing, acopio, importación, exportación,
ejercicio de representaciones, comisiones, mandatos y distribución de materias primas, productos y subproductos
relacionado con el objeto agropecuario; incluido los insumos, mercadería, herramientas y maquinarias agrícolas; y
(iii) Financieras: Para la consecución de su objeto la sociedad podrá recurrir a aportes e inversiones de capitales de
particulares y de personas jurídicas, constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras, concesión de préstamos
y créditos, con fondos propios con o sin garantía, a personas físicas y/o jurídicas, excluyéndose las operaciones
comprendidas dentro de la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el recurso al ahorro público. La
sociedad podrá participar en otras sociedades, en el país o en el extranjero, en la condición de socio o accionista.
La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo acto lícito congruente con su naturaleza de persona
jurídica, adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos y contratos que no sean prohibidos
por las leyes o por el presente estatuto.” Autorizado según instrumento privado AGE de fecha 07/01/2020.
Marina Altieri - T°: 99 F°: 686 C.P.A.C.F.
e. 10/03/2020 N° 13076/20 v. 10/03/2020