W20 Argentina W20Argentina

N° 13674/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 35

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 13 de marzo de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 35

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, sito en la calle Marcelo T de Alvear 1840, piso 3º

de esta ciudad, a cargo de la Dra. Valeria Perez Casado, Secretaría Nº 35, a mi cargo, comunica por dos días que

en los autos: “American Distribution SRL s/ Quiebra (expte Com 29809/2018) “, que se ha dispuesto la venta en

pública subasta, al contado y al mejor postor, del rodado marca Fiat, Modelo 500, tipo Sedán 3 puertas, Dominio

MAL 511, la que se realizará en la Oficina de Subastas Judiciales, sita en Jean Jaures 545, el día 27 de marzo

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.328 - Segunda Sección 103 Viernes 13 de marzo de 2020

de 2020, a las 10:15 hs, por intermedio del martillero Tomás Ortiz de Rozas, en las siguientes condiciones: Base:

$ 273.333, IVA 21%, comisión 10%, arancel Acordada 10/99 CSJN 0,25%, Sellado de ley- en caso de corresponder,

al contado y al mejor postor, debiéndose abonar el precio obtenido en el acto de remate y a cargo del comprador.

No se admitirá la compra en comisión ni la cesión de los derechos del boleto de compraventa. Fíjase el 26 de

marzo de 2020, a las 12:00hs, para la recepción de ofertas correspondientes haciéndose saber que se procedera a

la apertura de las mismas a las 12:30 hs del mismo día. El traslado del vehículo correrá por cuenta, orden y riesgo

del comprador del mismo, y que éste deberá efectuar el traslado del automóvil en el término de cinco días de

aprobada la subasta. El automotor se rematará en el estado en que se encuentra. Hágase saber que las deudas

que pesan sobre el rodado en concepto de impuestos, tasas, etc, serán asumidas de la siguiente manera: a) los

importe devengados hasta la declaración de la quiebra, los organismos acreedores respectivos, deberán efectuar

el correspondiente pedido de verificación, conforme lo dispuesto por la ley 24.522; b) los devengados a partir de

la quiebra, deberán ser soportados por la masa de acreedores, previo reconocimiento de los importes del síndico

(art. 240 L.C.Q); y c) los posteriores a la fecha en que razonablemente el comprador esté en condiciones de tomar

posesión del bien, a cargo de éste último. El comprador deberá constituir domicilio en jurisdicción del Juzgado,

bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 41 y 517 del código procesal, y lo establecido en el art. 133 del

Código Procesal. Se exhibe el día 26 de marzo de 2020, de 10.00 hs a 12.00 hs, en la playa judicial de la Comuna

12, sita en la calle Milton 240, Ciudad Autónoma de Buenos aires. VALERIA PEREZ CASADO Juez - SANTIAGO

DOYNEL SECRETARIO

e. 12/03/2020 N° 13674/20 v. 13/03/2020