N° 5214/2016 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 40
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 40
El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 20, Secretaría N° 40, en autos caratulados “EMINDAR S.R.L.
S/QUIEBRA” – EXPEDIENTE N° 5214/2016, hace saber que se dispuso la liquidación mediante el procedimiento de
Llamado a Mejorar la oferta de compra formulada en autos, de los derechos que ostenta la fallida respecto de un
lote de terreno ubicado en el emprendimiento NORDELTA. Se trata de lo que se denomina Macrolote, ubicado en
lo que bien podría considerarse como una pequeña manzana, con frentes a la Av. Puerto Diamante, a calle Puerto
Iguazú, a calle Puerto San Javier y a un espacio reservado como Plaza Espacio Público, lo que le otorga un plus
de calidad, todo ello en el Barrio “PUERTO ESCONDIDO”, parte integrante del mega emprendimiento Nordelta,
en el Pdo. de Tigre, Pcia. de Buenos Aires, denominado comercialmente como Lote 2 del complejo residencial
Puerto Escondido, Identificado catastralmente como Circ.: III – Sección: P – Fracción: IV – Parcela 3, su Partida
Inmobiliaria 057-136869-2 y el emprendimiento inmobiliario emergentes del “Acuerdo Marco” y demás instrumentos
y constancias obrantes en autos. Mide: 59,51 m en uno de sus frentes x 24,40 m sobre otro de sus frentes con
2.102,94 m2 de superficie según Catastro y 2.106 m2 según el instrumento de compra por parte de la fallida.
De acuerdo con las disposiciones de la Municipalidad de Tigre conjuntamente con la desarrolladora Nordelta y
con Asociación Vecinal Nordelta, el destino de este lote es el desarrollo, construcción y comercialización de un
conjunto edilicio que no podrá superar los 3.369,60 m2 según los parámetros aprobados para el mismo: FOT 1,6;
FOS 0,6; 600 habitantes por hectárea de densidad máxima y 17 m de altura máxima (textual del Acuerdo Marco
que relacionaré en el párrafo que sigue) Con 35 unidades aprox. de uso mixto: Residencial – Apto Profesional
– Oficinas. - CONDICIONES DE VENTA: a) Base: Se fija en DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRICIENTOS
CONCUENTA MIL (U$S 450.000), tomando al efecto la oferta formulada en autos. b) Precio: Si bien el precio de
esta venta judicial es en dólares estadounidenses, tanto el depósito en garantía de mantenimiento de la oferta
por los interesados, como aquél de integración del precio por quien resulte adjudicado, podrá ser cancelado
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.330 - Segunda Sección 71 lunes 16 de marzo de 2020
en su equivalente en pesos, tomando al efecto como cotización aquélla del dólar tipo vendedor del BNA de
cierre del día inmediato anterior al del depósito de que se trate. c) Presentación de ofertas: Los interesados
deberán formular sus ofertas, hasta 72 hs. antes del día de celebración de la audiencia de apertura de sobres
y puja. Al efecto deberán presentar en Secretaria el escrito de oferta que sólo deberá contener el nombre del
oferente y la referencia de la causa, acompañando en sobre cerrado y firmado por éste: (i) escrito con sus datos
identificatorios y domicilio (para las personas físicas, nombre y apellido completo, documento de identidad,
domicilio real, domicilio físico que constituye a los efectos del procedimiento, número de CUIT. y tratándose
de personas de existencia ideal, nombre, domicilio social, CUIT y datos del representante legal, acompañando
copia certificada de los instrumentos constitutivo y modificaciones, actas de las que resulta la designación del
representante); (ii) la manifestación del precio que ofrece, que deberá como mínimo superar en un 5% aquél de
base del llamamiento; y (iii) el comprobante original de depósito judicial en la cuenta de autos en el BCBA Suc.
Trib. L° 841 F° 306/4 –o bien en aquélla en dólares cuya apertura se ordena en el día de la fecha-, por una suma no
inferior al 10% del importe que ofrece; fondos que serán considerados en concepto de garantía de mantenimiento
de la oferta y en caso de ser adjudicatario, a cuenta de precio. d) Audiencia de apertura de sobres y puja: A tal
efecto se fija audiencia para el 03 de abril de 2020 a las 11 hs., en la sala del juzgado, en la cual se procederá a
la apertura de los sobres con las mejoras de ofertas eventualmente presentados. Sólo se permitirá la asistencia
de una sola persona por oferente – quien podrá estar asistido por un letrado-. Una vez efectuada la apertura de
sobres, la sindicatura se expedirá en el acto sobre la pertinencia formal de éstas, desechándose aquéllas que no
se ajusten a los términos de este decisorio. Luego los oferentes habilitados, podrán pujar libremente, puja que
será dirigida por el martillero interviniente en autos, debiendo cada mejora importar como mínimo un incremento
del 5% respecto de la mejor oferta anterior; dejándose constancia en el acto del orden decreciente resultante de
la puja. e) Adjudicación e integración del saldo de precio: La adjudicación recaerá sobre la mayor oferta. El saldo
de precio deberá depositarse al contado dentro de los cinco días de notificado el auto de adjudicación, mediante
depósito judicial en la cuanta de autos en el BCBA Suc. Trib. L° 841 F° 306/4 –o bien en aquélla en dólares cuya
apertura se ordena en el día de la fecha-, bajo apercibimiento de declararse postor remiso, con pérdida a favor
de la quiebra de la suma depositada.…h) Comisión. Gastos. Régimen de deudas: El adjudicatario al tiempo de
integración del saldo de precio deberá abonar también el 3% + I.V.A. sobre el precio de adquisición, en concepto
de comisión del martillero. Todo gasto que pudiese corresponder en concepto de impuesto, tasa, arancel, sellado,
honorarios o cualquier otro, vinculado a la venta y los actos necesarios para la instrumentación de la compra a
favor del adquirente, pesarán sobre éste. Toda deuda por expensas, impuestos, tasas y contribuciones o cualquier
otra que grave o pese sobre el bien comprendido en la enajenación, siendo de fecha anterior al decreto de quiebra
deberán ser objeto de pedido de verificación y aquéllas posteriores, hasta la entrega de la posesión, pesarán sobre
la quiebra, en tanto que aquéllas posteriores estarán a cargo del adquirente.
i) Calidad de adquirente. Posesión: Integrado tempestivamente el saldo de precio y abonada la comisión, el
adjudicatario será declarado adquirente definitivo, ordenándose la entrega de la posesión. j) Previsiones especiales:
El adquirente libera a la quiebra de garantía de evicción. La presentación de oferta importará conocimiento por el
oferente de la causa, los derechos y obligación que se enajenan y todo cuanto hace a la modalidad, procedimiento
y condiciones de la enajenación. No se admitirán recurso alguno por quien resulte el adjudicatario sin depósito
total del precio en la cuenta de autos. … queda prohibida la compra en comisión y la cesión de derechos de
adjudicación. Asimismo y en consonancia con el procedimiento estipulado en el apartado e), hasta tanto no
exista un adjudicatario que integre el saldo de precio y sea declarado adquirente definitivo, no se devolverán las
sumas depositadas por los oferentes perdidosos –ya sea el primigenio o aquellos que eventualmente se presenten
mejorando la oferta inicial-, sin derecho de éstos a reclamo resarcitorio alguno por el tiempo que transcurra hasta
la restitución. En el decisorio que declarar al adjudicatorio adquirente definitivo, se dispondrá sin necesidad de
petición alguna, la restitución de las sumas depositadas por los oferentes perdidosos –claro está que no hubieran
sido declarados postores remisos-. k) Términos y recursos: Todos los plazos estipulados en este decisorio y
aquéllos que se dicten en su consecuencia, se computarán durante los días hábiles judiciales.
Todas las providencias que se dicten vinculadas a este procedimiento de venta quedar notificadas “por nota”,
salvo disposición expresa en contrario y aquéllas de adjudicaciones y declaración de postor remiso, que serán
notificadas por cédula o personalmente. EXHIBICIÓN DE LA PROPIEDAD: Días miércoles 18 y jueves 19 de marzo
de 10.30 a 12.30 hs. Los interesados deberán contactarse telefónicamente con el martillero actuante, Jacinto
E. Lopez Basavilbaso (Cuit 20-11478627-7) al celular 11-6861-2820, anunciando su arribo a Nordelta, a efectos
de facilitarles el acceso al barrio. Los interesados podrán concertar con el martillero otros horarios de visitas.
Publíquese edictos por dos días en Boletín Oficial y La Nación. Consultas, fotografías y planos por Internet en
www.inforemate.com (código emindar). Buenos Aires, 13 de marzo de 2020.
Eduardo E. Malde Juez - Guillermo M. Pesaresi Secretario
e. 16/03/2020 N° 14533/20 v. 17/03/2020