N° 15086/20 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31- SECRETARÍA NRO. 61
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31- SECRETARÍA NRO. 61
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 31, Secretaría N° 61 a mi cargo, con asiento en
Montevideo N° 546 7° Piso de C.A.B.A, comunica por dos días en los autos “ETIENNE FERNANDO LEON MATIAS
s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE VENTA” Expte. 5328/2017/5, que el martillero público Jorge Omar Abruzzese,
rematará al contado y al mejor postor, el día 01 de abril de 2020 a las 10,15 horas en el Salón de venta de la Oficina
de Subastas Judiciales sito en Jean Jaures 545 de esta Ciudad, la 1/6 parte indivisa del inmueble ubicado en la
calle Yerbal 968 – Piso 3° - Dpto. “A” de C.A.B.A. – Matrícula 71664/7 – Nomenclatura Catastral: Circ: 7 – Secc: 45
– Manz: 5B – Parc: 2D.- El inmueble consta de: Living comedor al frente con balcón, dos dormitorios al frente (uno
con balcón) , baño instalado, cocina completa con muebles y dependencias de servicio con baño.- Posee doble
entrada.- Todo en buen estado de conservación.- Se encuentra ocupado por Jorge Alberto Alvarez en carácter de
inquilino del Sr.León Etienne, abona $ 13.800 por mes y posee contrato con vencimiento en Noviembre de 2019.-
Base: $ 480.000, Seña 30% - Comisión 3% - Sellado de ley Gobierno Ciudad de Buenos Aires 1,2% - Arancel de
subasta 0,25%.- Se recibirán postura bajo sobre hasta las 10.00 hs del día anterior a la subasta, las que deberán
reunir los requisitos del art. 162 del Reglamento del fuero y serán abiertos por el Señor Secretario con presencia del
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.332 - Segunda Sección 60 Miércoles 18 de marzo de 2020
martillero y los interesados a las 12.30 hrs. del mismo día anterior.- Para la presentación de la oferta no se requiere
patrocinio letrado. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin
necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPR.- Se le fija
al comprador diez días para tomar posesión del inmueble término que se contará desde la fecha de la providencia
que lo declara adquirente definitivo.- A partir del vencimiento de ese plazo o de la fecha de toma de posesión si
esta fuere anterior, estará a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones,
mas no responderá por las que se hayan devengado con anterioridad a ese momento.- Se encuentra a cargo
del adquirente las sumas que correspondan pagarse por impuesto a la transferencia y sellado.- El comprador en
subasta deberá integrar el saldo de precio aun si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación
de la subasta.- Mas en el caso que no lo hiciere, y fueran rechazadas las objeciones deberá adicionar al remanente
del precio desde el quinto día de realizada la subasta y hasta el efectivo pago, los intereses que fija el Banco de
la Nación Argentina – tasa activa – para sus operaciones de descuento a treinta días capitalizables.- Se presume
que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los autos, de la presente resolución y de las
dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada.- Para el caso de que el adquirente eventualmente
plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas del planteo, el cual será
rechazado “in limine”, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo.- El IVA no integra el precio obtenido en
la subasta .- Asimismo se hace constar que las deudas que registre el inmueble en concepto de impuestos, tasas
y contribuciones de fecha anterior al decreto de quiebra, deberán ser reclamadas por la vía correspondiente. En
cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que el comprador haya podido razonablemente tomar posesión del
bien, deberán comparecer en el presente proceso, acompañando la documentación pertinente que acredite su
acreencia, previa comprobación de sus importes por parte del síndico y serán satisfechos a tenor de lo dispuesto
por el art. 240 L.C.Q. Con respecto a los posteriores a la toma de posesión, ser á a cargo del comprador. No se
acepta la compra en comisión, la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente
con quien realmente formule la oferta como comprador.- Los gastos de escrituración en caso de designar escribano
son por cuenta y orden del adquirente.- El inmueble se exhibe los días 27 y 30 de marzo de 2020 en el horario de
9,30 a 10,30 horas.- Para más datos ver constancias de autos o al martillero (15-4404-5225 15-4419-0010) Cuit
Martillero: 20-14027296-6 – Cuit Fallido 20-25430689-5.- Buenos Aires, 13 de Marzo de 2020.-
AIMARA DI NARDO
SECRETARIA
FERNANDEZ GARELLO DE DIEUZEIDE JUEZ Juez - AIMARA DI NARDO SECRETARIA
e. 18/03/2020 N° 15086/20 v. 19/03/2020