N° 20435/20 Aviso del Boletín Oficial
PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES S.A.
Texto del aviso
PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES S.A.
CUIT: 30-71487054-4 Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 25/10/2019 se resolvió aprobar el
compromiso previo de fusión y (i) aumentar el capital social de Playas Ferroviarias de Buenos Aires S.A. en la suma
de $ 620.000.000, es decir, de la suma de $ 2.572.000.000 a la suma de $ 3.192.000.000 (ii) En virtud de lo anterior,
el capital social de Playas Ferroviarias de Buenos Aires S.A. queda representado por 3.192.000 acciones ordinarias,
nominativas, no endosables de $ 1.000 valor nominal cada una y con derecho a un 1 voto por acción, cuya titularidad
es la que surge del siguiente detalle: (a) Administración Nacional de la Seguridad Social: 2.872.800 acciones y (b)
Agencia de Administración de Bienes del Estado: 319.200 acciones (iii) reformar el Artículo 6° del Estatuto Social, el
que quedará redactado de la siguiente forma: “El capital social se fija en la suma de $ 3.192.000.000 representado
por 3.192.000 acciones de valor nominal pesos $ 1.000 cada una y con derecho a un 1 voto por acción. La evolución
del capital social figurará en los balances de la sociedad indicando el monto autorizado, clase y categoría de las
acciones, su valor nominal y cantidad de votos por acción” (ii) reformar el artículo 4° del Estatuto social, el cual ha
quedado redactado de la siguiente manera: “La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros
o asociada a terceros actividades inmobiliarias mediante (i) la compraventa, permuta, explotación, arrendamiento,
administración o transferencia por cualquier título oneroso, incluyendo el otorgamiento de permisos, concesiones
o su concesiones, de inmuebles aptos para cualquier destino, (ii) la constitución, adquisición o transferencia,
bajo cualquier modalidad onerosa, de sociedades titulares de tales inmuebles; (iii) la construcción de inmuebles
urbanos y rurales, loteos y fraccionamientos, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y
reglamentos sobre propiedad horizontal, construcciones civiles, industriales, hidráulicas, públicas o privadas, así
como el gerenciamiento de proyectos y emprendimientos inmobiliarios, desarrollos urbanísticos; la planificación,
evaluación, programación, formulación, desarrollo, implementación, administración, dirección y ejecución de tales
proyectos y emprendimientos; y (iv) el gerenciamiento de proyectos y emprendimientos inmobiliarios, desarrollos
urbanísticos; la planificación, evaluación, programación, formulación, desarrollo, implementación, administración,
dirección y ejecución de tales proyectos y emprendimientos en la Isla Demarchi o mediante la constitución,
adquisición o transferencia, bajo cualquier modalidad onerosa, de sociedades; que sean titulares de tales
inmuebles, desarrollo, subdivisión (inclusive por el régimen de propiedad horizontal), urbanización, parcelamiento,
organización, aprovechamiento, explotación, comercialización, o enajenación (inclusive por el régimen de la
propiedad horizontal), bajo cualquier modalidad jurídica nominada o innominada”. Autorizado según instrumento
privado Acta de Directorio n° 36 de fecha 28/02/2020
karina soledad bravo - T°: 412 F°: 111 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 21/05/2020 N° 20435/20 v. 21/05/2020