N° 21126/20 Aviso del Boletín Oficial
LOS CRIOLLOS S.A.A. Y C.
Texto del aviso
LOS CRIOLLOS S.A.A. Y C.
“LOS CRIOLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA AGROPECUARIA Y COMERCIAL” C.U.I.T. 30-66194475-3. Por Acta del
22/10/2019, se modificaron los art. 8º, 9º, 10º y 11º. ARTÍCULO OCTAVO: La dirección y administración de la
sociedad estará a cargo del directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un
mínimo de uno y un máximo de tres, cuya duración se extenderá por tres ejercicios. La Asamblea puede elegir igual
o menor número de suplentes, por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran y se incorporarán
al directorio por el orden de designación. Mientras se precinda de sindicatura, la elección de directores suplentes
será obligatoria. El directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por
mayoría de los presentes; en caso de empate, el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera
reunión, el directorio designará un presidente y, en caso de pluralidad de miembros, un vicepresidente, que suplirá
al primero en su ausencia o impedimento, sin necesidad de ninguna formalidad. ARTÍCULO NOVENO: El directorio
tiene facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del nuevo
ordenamiento del Código Civil y Comercial de la Nación. La representación legal de la sociedad corresponde al
presidente del directorio. ARTÍCULO DÉCIMO: En garantía de sus funciones, los titulares deberán constituir como
aval de su gestión una garantía mínima de pesos Diez mil ($ 10.000) o la suma que establezca la normativa vigente,
de acuerdo con lo dispuesto con el órgano de contralor; la garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos,
sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la
orden de la sociedad, fianzas o avales bancarios, seguro de caución o seguro de responsabilidad civil a favor de
la sociedad. El costo debe ser soportado por el director. ARTÍCULO UNDÉCIMO: FISCALIZACION: La sociedad
prescinde de la sindicatura conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley 19.550. Los accionistas tienen derecho
a examinar los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estimen pertinentes. Cuando por
aumento del capital social la sociedad estuviere comprendida en el régimen del artículo 299 de la ley 19.550, su
fiscalización estará a cargo de un síndico titular designado por el término de TRES ejercicios, por asamblea, que
simultáneamente designará también un suplente. Tendrán las funciones establecidas en los artículos 294 y 295 de
la ley 19.550. Ambos pueden ser reelectos. En este último supuesto, los accionistas no podrán ejercer el control
individual que les confiere el artículo 55 de la ley 19.550. Por Acta del 30/01/2020, se modificó el art. 15º: ARTÍCULO
DECIMO QUINTO: El ejercicio social cierra el 30 de Noviembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los
estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias
realizadas y líquidas se destinarán: a) un 5% hasta alcanzar el 20% del capital social, al fondo de reserva legal; b)
a remuneración del Directorio y Sindicatura, en caso de que hubiera sido designada; c) dividendos preferidos con
prioridad de los acumulativos impagos y participación adicional, en su caso; d) el saldo, de todo o en parte como
dividendo de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativos o de previsión, de conformidad con el art.
70 de la ley 19.550 o a cuenta nueva, o al destino que disponga la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados
en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. Asimismo, cesaron en sus cargos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.391 - Segunda Sección 9 Jueves 28 de mayo de 2020
por vencimiento de mandato: Presidente: Magdalena ALLENDE, Vicepresidente: Magdalena TAVARES; Director
titular: Héctor Raúl BURGOS, Síndico titular: Aurelio Delfor VILLAR y Sindico Suplente: Juan Carlos ABRIOLA; y
se designaron las nuevas autoridades por el término de 3 ejercicios: Presidente: Magdalena ALLENDE, Directora
Suplente: Magdalena TAVARES; quienes aceptaron los cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social
ubicada en Cerrito 520, piso 14º, C.A.B.A. Escribana María Dolores GARRIDO OROMÍ, Matrícula Nº 5019, titular del
Registro Notarial 986, C.A.B.A. autorizada por escritura Nº 13, de fecha 16/03/2020 Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 13 de fecha 16/03/2020 Reg. Nº 986
María Dolores Garrido Oromi - Matrícula: 5019 C.E.C.B.A.
e. 28/05/2020 N° 21126/20 v. 28/05/2020