N° 23441/20 Aviso del Boletín Oficial
GESTION PLURAL S.R.L.
Texto del aviso
GESTION PLURAL S.R.L.
CUIT 30-71253182-3 Por reunión de Socios del 20/02/2020 se resolvió la ampliación del objeto social y la reforma
del artículo 3º del estatuto, el que quedó redactado de la siguiente forma: “Artículo Tercero: La sociedad tiene por
objeto brindar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes:
ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE INVERSION: operaciones financieras de inversión, financiación de operaciones
comerciales, préstamos personales, avales y financiaciones a terceros, a corto, mediano y largo plazo, con o sin
interés y operaciones de créditos con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas.
Constitución y transferencia de hipotecas, prendas y otros derechos reales. Compraventa y negociación de papeles
de crédito, acciones, títulos públicos y contratación de leasing. Aportes de capital a sociedades por acciones a
constituirse o constituidas, para operaciones realizadas o a realizarse. Compra y venta y negociación por cualquier
modalidad de títulos, debentures, obligaciones negociables, acciones, bonos, letras de tesorería y toda clase de
valores mobiliarios y papeles de crédito, públicos o privados, de cualquiera de los sistemas o modalidades creados
o a crearse, incluyendo acciones, bonos o títulos con planes o sistemas de desgravación impositiva, aportes
de capitales propios o tomados en préstamos a sociedades constituidas o a constituirse, y adquisición, venta,
locación, sublocación, y/o permuta de todo tipo de bienes inmuebles urbanos o rurales. Se excluyen expresamente
todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la que se requiera
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.404 - Segunda Sección 17 Martes 16 de junio de 2020
concurso público; SERVICIOS DE COBRANZAS: Prestación de servicios de gestión de cobranzas de créditos y
recupero de deudas de todo tipo a favor de entes gubernamentales y/o privados. A tal fin podrá, por sí o a través
de terceros: operar como mandataria; reclamar el pago extrajudicial de las deudas, por medio telefónico, postal,
personal, electrónico, o cualquier medio tecnológico disponible en el futuro; reclamar judicialmente el pago de las
deudas por medio de profesionales habilitados a tal fin; recibir por cuenta y orden de terceros pagos parciales o
totales de las deudas cuyo cobro se le hubiera encomendado. ADQUISICIÓN Y CESIÓN DE CRÉDITOS: Compra y
venta de créditos de toda clase, comunes y/o litigiosos, alquileres o arriendos dividendos, títulos de renta, cédulas,
bonos, cupones, pólizas de servicios o valores cualesquiera fuera su origen, adquiriendo los derechos que por
las mencionadas causas tenía el Vendedor y subrogándose en todos y cada uno de los derechos y privilegios
que éste poseía, o cediéndolos en tales condiciones. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas
por profesionales legalmente habilitados para ello. PRODUCCION Y COMERCIALIZACIÓN: a) Venta al por menor
y al por mayor de libros, revistas, folletos, posters, y artículos de regalería y coleccionables, y accesorios de
vestir, b) creación, diseño, desarrollo, producción, intercambio, comercialización, intermediación, representación,
importación y exportación de toda clase de bienes destinados a la educación y al entretenimiento, ya sean físicos
o digitales, y c) prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con la difusión y
promoción de la valoración pública y el consumo de aquellos bienes. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad
tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por este estatuto’. Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE
SOCIOS DE SOCIOS de fecha 20/02/2020
Marcos Dougall - T°: 26 F°: 216 C.P.A.C.F.
e. 16/06/2020 N° 23441/20 v. 16/06/2020