N° 25656/20 Aviso del Boletín Oficial
CIUDAD DE REFUGIO S.R.L.
Texto del aviso
CIUDAD DE REFUGIO S.R.L.
Por instrumento privado del 17/06/2020. Denominación social: Ciudad de Refugio S.R.L. Socios: Carolina Mabel
Sei, Argentina, nacido el 27 de noviembre de 1979, casada, comerciante, Documento Nacional de Identidad
Nº 27.708.912, CUIT 27-27708912-8 con domicilio real en Nogoya 3181 7°, depto.”D”, CABA; y Luis Gonzalo
Campos Pini, uruguayo, nacida el 30 de abril de 1982, casado, comerciante, Documento Nacional de Identidad
Nº 92.665.046, CUIT 20-92665046-8 con domicilio real en Nogoya 3181 7° piso depto. “D”, CABA. Objeto: Tiene
por objeto realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros y/o representación o de cualquier otra manera en
cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Compraventa minorista y
mayorista, importación, exportación, representación, consignación y/o comercialización de todo tipos de artículos
de perfumería, cosméticos, especias aromáticas y de higiene personal y productos de belleza y estética; de
decoración, así como sus accesorios relacionados. A esos fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto, inclusivo los prescriptos por los artículos 375 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Capital Social: $ 50.000, 50.000 cuotas de $ 1 valor nominal cada una, y con derecho a un voto por cuota. Gerencia:
1 a 3 por todo el término de la sociedad. Duración: 99 años. Cierre de ejercicio: 31/10. Sede social: Nogoya
3181 7°, depto. “D”, CABA. Suscripción del capital: Carolina Mabel Sei 25.000 cuotas por $ 25.000 y Magdalena
Luis Gonzalo Campos Pini 25.000 cuotas por $ 25.000. Gerencia indistinta: Carolina Mabel Sei y Magdalena
Luis Gonzalo Campos Pini, ambos con domicilio especial Nogoya 3181 7°, depto. “D”, CABA. Autorizado según
instrumento privado Contrato Social de fecha 17/06/2020
Marcos Patricio Herrmann - T°: 112 F°: 387 C.P.A.C.F.
e. 30/06/2020 N° 25656/20 v. 30/06/2020