N° 28028/20 Aviso del Boletín Oficial
OPEN BANK ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
OPEN BANK ARGENTINA S.A.
Constitución: 1) “BANCO SANTANDER RÍO S.A.” CUIT 30-50000845-4, Av. Juan de Garay 151 CABA, IGJ
13.06.2019, nº11328 Lº 95, Tº Soc. Acciones, y “OPEN DIGITAL SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA”, CDI 30-
71667581-1 Suipacha 1111, piso 18 CABA IGJ 07.12.2018, nº 1913, Lº 62 Tº B de Sociedades constituidas en el
Extranjero.- 2) Esc. 183 pasada al folio 495 del Registro Notarial 1893 de fecha 20.07.2020. 3) Razón social: OPEN
BANK ARGENTINA S.A. 4) Sede Social: Avenida Del Libertador 8620, piso 12, CABA. 5) Objeto: La Sociedad
tiene por objeto realizar, dentro o fuera del país, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, todas las
operaciones bancarias, servicios complementarios como cualquier actividad admitida a entidades financieras,
previstas y autorizadas - tanto a la fecha de este estatuto, como las que en el futuro se autoricen- por las leyes,
reglamentos y normas que regulen la actividad bancaria en el lugar de actuación, dentro de los lineamientos y
previa autorización, en los casos que corresponda, del Banco Central de la República Argentina. Las actividades
que integren el objeto social podrán ser desarrolladas total o parcialmente de modo indirecto, en cualquiera de las
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.430 - Segunda Sección 5 Martes 21 de julio de 2020
formas admitidas por la ley y en particular, a través de titularidad de acciones o participación en sociedades cuyo
objeto será idéntico o análogo, accesorio o complementario de tales actividades, de acuerdo a lo que permita
la ley. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá: 1) Recibir bienes inmuebles o muebles y
semovientes, en prenda o en hipoteca, en garantía de deudas existentes o de créditos que acuerde, o como
refuerzo de garantía, por cuenta propia o por cuenta de terceros; comprar bienes inmuebles para uso propio,
muebles y aceptar daciones en pago, ya sea para facilitar la realización o liquidación de operaciones o cuentas
pendientes. Los bienes así adquiridos podrán ser vendidos para liquidación de cuentas. Podrá asimismo adquirir
en propiedad con el objeto de defender su crédito, aquellos bienes inmuebles que reconozcan hipoteca u otros
gravámenes a favor de la sociedad. 2) Participar en: a) toda clase de entidades financieras o de operaciones o
servicios auxiliares o vinculadas a los mercados financieros, mercados de capitales del país o del exterior; b) en
entidades emisoras u operadoras de tarjetas de prepago, compra o de crédito, en entidades de jubilación privada,
seguros de retiro y previsionales, seguros de vida y seguros generales, del país o del exterior; c) en entidades
de transferencias de fondos, de cobros y pagos, de transmisión de datos, de comunicaciones financieras, de
procesamientos de servicios financieros; d) en cuantas más entidades, actividades o empresas, desarrollen o
produzcan servicios, actividades o negocios financieros o no, de seguros, o de apoyo a las mismas, conforme
la regulación vigente y e) podrá ejercer representaciones y mandatos, agencias, comisiones, consignaciones,
gestiones de negocios, y administración de bienes, capitales y empresas en general. Todas estas participaciones,
actividades o inversiones deberán encuadrarse en las leyes y reglamentos que regulan la actividad del Banco en
la República Argentina y en las jurisdicciones en las que opere. En especial se ajustarán a las disposiciones del
Banco Central de la República Argentina, y demás organismos y entidades competentes argentinos o del exterior.
Asimismo, podrá actuar bajo cualquier categoría de “Agente” con todas las facultades y atribuciones contempladas
en la Ley de Mercado de Capitales y su reglamentación, previo cumplimiento de los requisitos y exigencias que
fijen la Comisión Nacional de Valores y las disposiciones del Banco Central de la República Argentina. 3) Efectuar
toda clase de actos jurídicos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, sin más restricciones
que las provenientes de este estatuto, de la reglamentación de la autoridad de superintendencia o de la ley.
Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante para tal fin.
Para el cumplimiento de tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por tales leyes o por este estatuto. En el desarrollo de la
actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la
sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente. 6) Plazo: 99 años desde su constitución. 7) Capital:
PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES y se divide en 890.000.000 acciones ordinarias escriturales, de $ 1
valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Suscripción e integración: OPEN DIGITAL SERVICES,
S.L., 51%, suscribe 453.900.000 acciones; y BANCO SANTANDER RÍO S.A., 49%, suscribe 436.100.000 acciones.
Los accionistas integran el 25% del capital social, es decir la suma total de $ 222.500.000.- 8) Administración:
Directorio: 3 a 15 miembros. Mandato: 1 ejercicio. Presidente: Federico Luis PROCACCINI; Vicepresidente:
Norberto Oscar RODRÍGUEZ, Director Titular: Guillermo Rubén TEMPESTA LEEDS; y Directora Suplente: María
Gabriela GRIGIONI. Constituyen domicilio especial en Avenida Del Libertador 8620, piso 12°, CABA, a excepción
de María Gabriela Grigioni que lo hace en Suipacha 1111, piso 18°, CABA. Fiscalización: tres (3) Síndicos Titulares y
tres (3) Síndicos Suplentes, mandato: un (1) ejercicio. Comisión Fiscalizadora: Síndicos Titulares: Mariano Florencio
GRONDONA LYNCH, Santiago DAIREAUX y Pedro Eugenio ARAMBURU, y Síndicos Suplentes: Alan ARNTSEN,
Enrique Alfredo BETEMPS y Lautaro Damián FERRO, constituyen domicilio especial en Suipacha 1111, piso
18 CABA; 9) Representación legal: Presidente o vicepresidente, indistintamente. 10) Cierre del ejercicio: 31/12.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 183 de fecha 20/07/2020 Reg. Nº 1893
IGNACIO RUEDA - Matrícula: 5386 C.E.C.B.A.
e. 21/07/2020 N° 28028/20 v. 21/07/2020