N° 28154/20 Aviso del Boletín Oficial
TERMINAL BAHÍA BLANCA S.A.
Texto del aviso
TERMINAL BAHÍA BLANCA S.A.
CUIT30660168105. IGJ N° Correlativo 1569774. Se hace saber por un día, en los términos del art. 60 de la ley 19550,
que la Asamblea General Ordinaria Extraordinaria y Especial celebrada el 29.05.2020 designó a los siguientes
directores: Clase “A” (actuando conjuntamente con la Clase “B”): Directores titulares: Jorge Luis Frías, Guillermo
Eduardo Marcotegui y Ramón Fernández Asenjo. Clase “C”: Directores titulares: Osvaldo Luis Daniel Bertone, y
Horacio Raúl Moretti y Directores suplentes: Julio Cesar Iocca y Segundo María Palazón. En la reunión de directorio
del 02.06.2020, se efectuó la siguiente distribución de cargos: Presidente: Jorge Luis Frías y Vicepresidente:
Horacio Raúl Moretti. Todos los directores designados aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial en
la calle 25 de Mayo 501, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se hace saber que la Asamblea también
tomó la decisión de reformar el Art. 12 del estatuto social de acuerdo al siguiente texto: “La administración de la
Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por un mínimo de tres y un máximo de siete u ocho miembros,
según lo determine la respectiva Asamblea, en función de la limitación establecida para la Clase “B” de acciones,
en este mismo artículo. La Asamblea podrá designar Directores Suplentes, en igual o menor número para cubrir las
vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Tanto los Directores Titulares como los Suplentes, durarán
un ejercicio en su mandato, pudiendo ser reelegibles. A la Clase “A” de acciones le corresponderá designar hasta
cinco Directores, a la Clase “B” uno, y a la Clase “C’’ dos Directores.La Clase “B” tendrá derecho a designar su
Director en tanto la participación en la Sociedad de “Techint Compañía Técnica Internacional Sociedad Anónima
Comercial e Industrial” y “Sociedad Comercial del Plata Sociedad Anónima” y/o sus controlantes o controladas
no resulte inferior a un Diez por ciento del capital social; si no se mantuvieran los mismos titulares y/o sus
controlantes o controladas como accionistas y/o su participación bajara del citado porcentaje, la Clase “B” de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.431 - Segunda Sección 9 Miércoles 22 de julio de 2020
acciones participará en la elección de Directores conjuntamente con la Clase “A”, dentro del limite de miembros
asignados a esta última, en el presente artículo. Uno de los dos Directores de la Clase “C” corresponderá al socio
“Asociación de Cooperativas Argentinas (Cooperativa Limitada) “, mientras mantenga su calidad de accionista y
la participación original. Si perdiera alguna o ambas de dichas condiciones, los dos Directores representantes
de la Clase “C” serán designados por todos los socios de dicha clase de acciones. Los Directores, en la primera
reunión que celebren luego de su designación, elegirán un Presidente y un Vicepresidente. El Vicepresidente
reemplaza automáticamente al Presidente en caso de ausencia temporal o permanente, con las mismas facultades
y obligaciones que la Ley y estos Estatutos acuerdan al primero. El Directorio funciona legalmente con la mayoría
absoluta de sus miembros y adopta sus resoluciones por mayoría de votos presentes, salvo para el tratamiento
de los siguientes supuestos especiales, para los que se requerirá la aprobación de la mayoría de los Directores
de la Clase “A” y de por lo menos un Director de las Clases “B’’ o “C”: a) Fusión con otra Sociedad o Sociedades,
escisión, disolución anticipada y liquidación de la Sociedad, b) Presentación en Concurso, c) Inversiones en
otras Compañías o proyectos que no guarden relación con la actividad principal de la Compañía, d) Incrementos
superiores al veinte por ciento en el Plan Original de Inversiones aprobado por los Socios, e) Otorgamiento de
avales, fianzas y garantías a favor de terceros, relacionadas al cumplimiento del objeto social y al giro de los
negocios sociales, f) Designación de auditoría independiente. En caso de empate en las votaciones sobre cualquier
tema, decidirá el voto del Presidente. Los Directores son reelegibles indefinidamente y su remuneración anual será
determinada por la Asamblea correspondiente, observándose lo dispuesto por el artículo 261 de la Ley 19.550.
Si se produjeran vacantes en el Directorio y no hubiera Directores suplentes, los síndicos podrán designar el o
los reemplazantes, los que ejercerán sus funciones en forma interina, hasta la reincorporación de los sustituidos
o hasta que una nueva Asamblea elija los titulares definitivos.” Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea Ordinaria, Extraordinaria y Especial de fecha 29/05/2020
Victoria Mercedes Diaz Colodrero Torrent - T°: 123 F°: 296 C.P.A.C.F.
e. 22/07/2020 N° 28154/20 v. 22/07/2020