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N° 28452/20 Aviso del Boletín Oficial

GIRE S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 23 de julio de 2020

Texto del aviso

GIRE S.A.

CUIT: 30-64399063-2. Por Asamblea de fecha 29/04/2020 se resolvió: (i) reformar el artículo cuarto, con relación

al objeto social, quedando el mismo redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá

por objeto la prestación de servicios relativos a la gestión de cobranzas, pagos, y tramitaciones de todo tipo de

entidades, incluyendo pero sin limitarse a personas físicas, personas jurídicas, públicas o privadas, la administración

pública nacional, provincial y/o municipal y todas sus reparticiones, entidades autárquicas y/o entidades de

cualquier clase, empresas y sociedades públicas, mixtas o privadas, productoras de bienes o servicios; incluyendo

la organización de redes, selección de corresponsales y negociación con los mismos, manejo de información y

fondos, procesamiento, lectura y suministro de información, análisis estadístico, de gestión de cobros y pagos,

control de calidad de los servicios prestados por terceros, la emisión de certificados digitales, la preparación y

la adecuación de dispositivos electrónicos y aparatos de seguridad en general relacionados con los servicios

de gestión y cobranzas y pagos y en general el procesamiento de todo tipo de información relacionada con las

actividades sociales tanto en formato físico como electrónico, la prestación de todos aquellos servicios conexos con

la emisión y entrega de facturas por cualquier medio y servicios de almacenamiento de documentación contable

y facturas comerciales, en soportes físicos y/o digitales, la administración de redes de agencias complementarias

de servicios financieros, y, en general, la organización, logística y tramitación de todos los procesos y gestiones

comprendidos en el objeto social. Se deja expresa constancia de que en el caso de que el objeto social se

viera modificado, dicha circunstancia deberá ser informada ante la Superintendencia de Entidades Financieras

y Cambiarias dependiente del Banco Central de la República Argentina y que las operaciones realizadas por la

sociedad en el cumplimiento de su objeto podrán ser verificadas por dicho organismo con el alcance previsto en

la Ley de Entidades Financieras. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por

la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente.

Asimismo, a fin de organizar su objeto social la Sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer

obligaciones pudiendo realizar todos aquellos actos jurídicos que resulten necesarios a tal efecto.”; y (ii) reformar

el artículo vigésimo quinto referido al órgano de administración, el artículo trigésimo primero referido al órgano de

fiscalización y el artículo trigésimo cuarto del Estatuto Social referido a la celebración de Asambleas. Autorizado

según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 29/04/2020

Mayra Mammana - T°: 135 F°: 262 C.P.A.C.F.

e. 23/07/2020 N° 28452/20 v. 23/07/2020