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N° 29197/20 Aviso del Boletín Oficial

HOTELES EL TREBOL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 29 de julio de 2020

Texto del aviso

HOTELES EL TREBOL S.R.L.

HOTELES EL TREBOL SRL CUIT 30-58357448-0, Por Acta de Reunión de Socios de fecha 2 de Julio de 2020,

se reformaron los artículos 6 y 7 del contrato social: Continua con el uso de la palabra el Sr. Fabio Gabriel Adler,

quien dice que el artículo 6 del “SEXTA: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a

cargo de tres gerentes y el uso de la firma social será en forma conjunta de dos cualesquiera de ellos, por todo el

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.436 - Segunda Sección 19 Miércoles 29 de julio de 2020

término de duración de la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos

tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. Los Gerentes prestarán garantía la cual deberá consistir en

bonos, títulos públicos, o sumas de moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de

valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil

a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la

garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos,

títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar

su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.

Dicho plazo se tendrá por observado si las previsiones sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor

de (3) años contados desde el cese del gerente en el desempeño de sus funciones. El monto de la garantía será

igual para todos los gerentes, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social

en forma conjunta entre todos los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en ningún

caso el monto de la garantía podrá ser inferior, en forma individual, a Pesos diez mil ($ 10.000), ni superior a

Pesos cincuenta mil ($ 50.000), por cada gerente.” y “SEPTIMA: Queda expresamente prohibido el uso de la firma

social en operaciones ajenas a su giro, prestaciones gratuitas o a favor personal o de terceros.” Designación de

socios gerentes: a los señores Jorge Ricardo ROMERO, Silvia Jacqueline CAMACHO y Fabio Gabriel ADLER,

constituyeron domicilio especial en Viamonte 1453 piso 6 departamento 45 CABA. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 70 de fecha 27/07/2020 Reg. Nº 1683

Pilar María Rodriguez Acquarone - Matrícula: 4316 C.E.C.B.A.

e. 29/07/2020 N° 29197/20 v. 29/07/2020