N° 29197/20 Aviso del Boletín Oficial
HOTELES EL TREBOL S.R.L.
Texto del aviso
HOTELES EL TREBOL S.R.L.
HOTELES EL TREBOL SRL CUIT 30-58357448-0, Por Acta de Reunión de Socios de fecha 2 de Julio de 2020,
se reformaron los artículos 6 y 7 del contrato social: Continua con el uso de la palabra el Sr. Fabio Gabriel Adler,
quien dice que el artículo 6 del “SEXTA: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a
cargo de tres gerentes y el uso de la firma social será en forma conjunta de dos cualesquiera de ellos, por todo el
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.436 - Segunda Sección 19 Miércoles 29 de julio de 2020
término de duración de la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos
tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. Los Gerentes prestarán garantía la cual deberá consistir en
bonos, títulos públicos, o sumas de moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de
valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil
a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la
garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos,
títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar
su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.
Dicho plazo se tendrá por observado si las previsiones sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor
de (3) años contados desde el cese del gerente en el desempeño de sus funciones. El monto de la garantía será
igual para todos los gerentes, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social
en forma conjunta entre todos los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en ningún
caso el monto de la garantía podrá ser inferior, en forma individual, a Pesos diez mil ($ 10.000), ni superior a
Pesos cincuenta mil ($ 50.000), por cada gerente.” y “SEPTIMA: Queda expresamente prohibido el uso de la firma
social en operaciones ajenas a su giro, prestaciones gratuitas o a favor personal o de terceros.” Designación de
socios gerentes: a los señores Jorge Ricardo ROMERO, Silvia Jacqueline CAMACHO y Fabio Gabriel ADLER,
constituyeron domicilio especial en Viamonte 1453 piso 6 departamento 45 CABA. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 70 de fecha 27/07/2020 Reg. Nº 1683
Pilar María Rodriguez Acquarone - Matrícula: 4316 C.E.C.B.A.
e. 29/07/2020 N° 29197/20 v. 29/07/2020