N° 29893/20 Aviso del Boletín Oficial
ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
Texto del aviso
ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
CUIT 30-52278060-6. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 10 de la Ley de Obligaciones Negociables
Nº 23.576 (y sus modificatorias) se hace saber que: (i) el 14/03/18 la asamblea general ordinaria (la “Asamblea”) de
Aluar Aluminio Argentino Sociedad Anónima Industrial y Comercial (“Aluar”) aprobó la creación de un programa
global para la emisión y reemisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones), por un valor
nominal máximo en circulación en cualquier momento de hasta U$S 300.000.000 o su equivalente en otras
monedas (el “Programa”) y la delegación en el directorio, con amplias facultades, incluso las de subdelegación,
para determinar, entre otras cuestiones, los términos y condiciones del Programa no definidos por la Asamblea y
de cada una de una de las series y/o clases de obligaciones a emitirse bajo el mismo; (ii) el 28/03/2018 el directorio
de Aluar aprobó los términos y condiciones del Programa; (iii) el 22/10/2019 la asamblea general ordinaria de Aluar
prorrogó la delegación de facultades en el directorio en los mismos términos establecidos en la Asamblea; (iv) el
26/06/2020, con motivo de la actualización del prospecto del Programa con los estados financieros correspondientes
a los ejercicios finalizados el 30 de junio de 2019 y 31 de marzo de 2020, el directorio de Aluar resolvió la
subdelegación de las facultades delegadas por la Asamblea en ciertos funcionarios de Aluar; (v) el 17 de julio de
2020, mediante resolución de subdelegado, se aprobó la versión definitiva del prospecto de actualización de las
obligaciones negociables a ser emitidas bajo el Programa; (vi) el 22 de julio de 2020, mediante resolución del
subdelegado, se aprobó la versión definitiva del suplemento de prospecto (el “Suplemento de Prospecto”)
correspondiente a: (1) las Obligaciones Negociables Serie Nº 2 a tasa fija con vencimiento a los veinticuatro (24)
meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser suscriptas e
integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (la “Serie 2”), y
(2) las Obligaciones Negociables Serie Nº 3 a tasa fija con vencimiento a los treinta y seis (36) meses desde la
Fecha de Emisión y Liquidación, denominadas en Dólares Estadounidenses a ser suscriptas e integradas en Pesos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.440 - Segunda Sección 30 Lunes 3 de agosto de 2020
al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (la “Serie 3” y, junto con la Serie 2, las
“Obligaciones Negociables”), a ser emitidas por un valor nominal en conjunto de hasta US$ 15.000.000 (monto que
podrá ser reducido o, en su caso, ampliado hasta un monto máximo de US$ 60.000.000), y los términos y
condiciones allí contemplados; y (vii) el 28 de julio de 2020, mediante resolución del subdelegado se aprobó el
resultado de la colocación de las Obligaciones Negociables. 1) Emisora: Aluar Aluminio Argentino Sociedad
Anónima Industrial y Comercial; 2) Domicilio: Marcelo T. de Alvear Nº 590, piso 3°, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; 3) Constituida el 15/04/1970 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 4) Duración: hasta el 26/06/2069; 5)
Autorizada para funcionar como sociedad anónima mediante Resolución Nº 16.014 de fecha 08/05/1970, e inscripta
en el Registro Público de Comercio el 26/06/1970, bajo el Nº 2534, Fº 151, Lº 72 tomo “A” de Estatutos de S.A.; 6)
Objeto social y actividad principal: realización por cuenta propia, de terceros, por intermedio de terceros, asociada
a terceros, o en cualquier otra forma, en cualquier parte de la República las siguientes actividades: a) Industriales:
extracción, producción, fabricación, transformación o cualquier otro proceso análogo, de materias primas naturales
o sintéticas, minerales o vegetales y de productos o subproductos de los procesos metalúrgicos, químicos,
petroquímicos y mineros; así como las actividades de investigación relacionadas con la obtención, producción y
utilización del aluminio y sus aleaciones; y cuanto se vincule con la mecánica, electromecánica, electricidad,
electrónica, siderurgia, energías eólica, térmica, solar, nuclear o hidráulica, y las actividades anexas o conexas de
las indicadas; y b) Comerciales: compra, venta, permuta, distribución, fraccionamiento, comercialización,
importación y exportación de materias primas y mercaderías en general, incluida la energía eléctrica generada en
cualquiera de sus formas, maquinarias, productos o subproductos; representaciones; explotación de patentes,
marcas, diseños y modelos industriales y de toda otra clase, nacionales o extranjeros, y su negociación en el país
y fuera de él. A los efectos indicados precedentemente, la Sociedad podrá también instalar plantas industriales,
establecimientos comerciales y realizar obras portuarias y operarlas; promover las actividades de elaboración del
aluminio y sus aleaciones, comprar, vender, permutar, alquilar, prendar, hipotecar y constituir toda clase de
derechos reales y personales respecto de bienes muebles o inmuebles o de cualquier clase, adquirir y vender
fondos de comercio, adquirir, registrar y vender patentes y marcas o el uso de las mismas, formar parte de
sociedades de cualquier naturaleza, contratar servicios técnicos y en general realizar todos los actos y contratos
permitidos por la ley y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social; 7) Capital: $ 2.800.000.000;
8) Patrimonio neto al 31/03/2020: $ 33.927.291.473; 9) Monto y moneda de emisión: la Serie 2 se declaró desierta
y la Serie 3 se emitió por un valor nominal de US$ 60.000.000; 10) Obligaciones negociables emitidas con
anterioridad: (i) bajo el programa global de obligaciones negociables simples no convertibles en acciones por
hasta un valor nominal en todo momento en circulación de hasta US$ 300.000.000, aprobado por Resolución del
directorio de la CNV Nº 16.124 de fecha 15/05/2009, Aluar emitió las obligaciones negociables clase 1 por
US$ 50.000.000, que a la fecha de este aviso han sido canceladas en su totalidad; y (ii) bajo el Programa, Aluar
colocó con fecha 09/04/2019 las obligaciones negociables garantizadas serie 1 a tasa fija (no convertibles en
acciones) por un total de US$ 150.000.000, denominadas, suscriptas, integradas y pagaderas en Dólares
Estadounidenses, que devengan un interés nominal anual del 6,70% pagadero en forma trimestral, y cuyo capital
se amortizará en doce (12) cuotas trimestrales consecutivas e iguales con vencimiento a partir de julio de 2021 y
con vencimiento final el 09/04/2024; 11) Deudas con garantía contraídas al tiempo de la emisión: con fecha
23/07/2018 y 24/09/2018, Aluar acordó con EKF Denmark’s Export Credit Agency (como prestamista original),
Citibank Europe Plc, UK Branch (como agente administrativo), Citibank, N.A. (como agente de la garantía), y la
sucursal de Citibank, N.A. establecida en la República Argentina (como organizador y agente de custodia local) el
otorgamiento de dos préstamos por hasta la suma de US$ 65.972.620 y US$ 56.665.229, respectivamente, y con
vencimiento el 25/04/2034 y 25/10/2034, respectivamente, para la financiación de la adquisición e instalación de
turbinas eólicas y otros equipos y costos relacionados con la segunda y tercer etapa del parque eólico de Puerto
Madryn, Provincia de Chubut. Dichos préstamos se encuentran garantizados mediante la cesión en garantía y
prenda de derechos de cobro de Aluar bajo los contratos de exportación de aluminio con ciertos clientes. Asimismo,
a partir del primer trimestre de 2020, Aluar ha recurrido a las cauciones bursátiles como fuente de financiación,
utilizando como garantía títulos del tesoro de los Estados Unidos de América. Al 31/03/2020, la suma total tomada
era de $ 250.000.000, pactados a través del Grupo SBS, a una tasa promedio nominal anual de 4,25%; 12) Garantía:
las Obligaciones Negociables no estarán garantizadas; 13) Amortización: El capital de la Serie 3 será amortizado
en un único pago el 30 de julio de 2023; 14) Intereses: La Serie 3 devengará intereses a una tasa fija equivalente a
0%; 15) Tipo de Cambio Aplicable: Es el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a
la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia Dólares Estadounidenses / Pesos informado por el BCRA
mediante la Comunicación “A” 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo),
siempre y cuando dicho tipo de cambio sea representativo del que aplique para la liquidación de divisas provenientes
de la exportación de los Productos de Referencia. En el supuesto que (i) dicho tipo de cambio no reflejare el tipo
de cambio para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia (circunstancia
que deberá ser informada por la Compañía mediante publicación de una nota de hecho relevante a ser publicada
en la Página Web de la CNV), o (ii) el BCRA dejara de publicar dicha determinación, el Tipo de Cambio Aplicable,
será (x) en primer lugar, el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de
Cálculo de la cotización del dólar estadounidense aplicable para la liquidación de divisas provenientes de la
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exportación de Productos de Referencia informado por el BCRA al cierre de operaciones; o (y) si este último no se
encontrara disponible por cualquier causa, el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles
previos a la Fecha de Cálculo de la cotización del Dólar Estadounidense aplicable para la liquidación de divisas
provenientes de la exportación de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: Banco de Galicia
y Buenos Aires S.A.U., Banco Macro S.A., y Banco Santander Río S.A., al cierre de sus operaciones; en los
supuestos (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo. Los términos en mayúsculas utilizados
precedentemente tendrán el significado asignado en el Suplemento de Prospecto.
Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 26/06/2020
Alberto Eduardo Martinez Costa - T°: 11 F°: 673 C.P.A.C.F.
e. 03/08/2020 N° 29893/20 v. 03/08/2020