N° 2587/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N° 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco
Robledo, Secretaría N° 50 a cargo del Dr. Federico Hernán Campolongo, sito en la Av. Callao 635, piso 4° de CABA
hace saber que con fecha 10 de agosto de 2020 y 14 de agosto de 2020 en los autos caratulados “GELBLUNG,
SAMUEL s/QUIEBRA” (Expte. N° 2587/2018) se dispuso que, habiendo vencido los plazos fijados oportunamente
en el decreto de quiebra, corresponde fijar nuevos plazos respecto de los arts. 32, 35, 36, 37, 39 y 40 de la LCQ.
Se fija el plazo previsto por el art. 32 lcq hasta el 10.09.2020, la presentación del informe individual art. 35 lcq
vence el 23.10.2020. El tribunal dictará la resolución prevista en el art. 36 lcq el día 06.11.2020. Se hace saber
que el plazo para efectuar la revisión establecida por la lcq: 37 vence el día 10.12.2020 y la presentación del
informe general de la lcq: 39 vence el día 10.12.2020. Asimismo hágase saber que hasta el día 28.12.2020, podrán
deducirse observaciones contra el informe general del síndico en los términos del art. 40 lcq. Se fija la audiencia
para el día 04.12.2020, a las 10:00 hs. a la que deberá concurrir el fallido, a fin de brindar las explicaciones que le
serán requeridas por el funcionario sindical. En tal sentido los pretensos acreedores podrán enviar sus pedidos
de verificación al correo electrónico de la sindicatura: ignaciobergaglio@gmail.com, adjuntando en formato PDF
copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se deberán remitir
al correo electrónico ignaciobergaglio@gmail.com hasta la fecha 24.09.2020. Asimismo, el Síndico realizará el
informe individual en base a dichas piezas, sin perjuicio de lo cual los acreedores deberán exhibir los originales
ante el primer requerimiento del funcionario sindical o del Tribunal -cfr. Anexo II Protocolo de Actuación, punto I
4 de la Ac. 30/2020 de la CSJN). En caso de que alguno de los insinuantes deba cumplir con el pago del arancel
verificatorio del Art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria
del síndico: BANCO PATAGONIA S.A., TITULAR: MARCELO EDGARDO MIRASSO, DNI 12.984.859, CUIT 20-
12984859-7, Nº DE CUENTA CAJA AHORROS 206-068013105-000, CBU
0340206308068013105000. Publíquese edicto por un día en el Boletín Oficial sin previo pago (art. 89 LCQ). Buenos
Aires, de 18 agosto de 2020. HORACIO ROBLEDO Juez - FEDERICO CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 19/08/2020 N° 32971/20 v. 19/08/2020