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N° 33366/20 Aviso del Boletín Oficial

VINCULO FIDUCIARIO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 20 de agosto de 2020

Texto del aviso

VINCULO FIDUCIARIO S.R.L.

Por escritura del 19/8/2020 se constituyo la sociedad. Socios: Pedro Pablo CARDONE RICO ROCA, 19/7/73, DNI

23.147.556 10.000 cuotas y Rodrigo Sebastián CARDONE RICO ROCA, 20/12/74, DNI 24.187.653, 10.000 cuotas,

ambos argentinos, casados, abogados, domiciliados en Tucumán 240, Primer Piso, CABA; Plazo: 99 años; Objeto:

A) CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA: mediante la construcción, dirección, ejecución y proyectos de obras de

arquitectura e ingeniería, públicas o privadas, debiendo ser realizadas dichas tareas a través de profesionales

con título habilitante para tales actos; así como la compra, venta, permuta, arrendamiento, loteo, administración y

explotación de toda clase de inmuebles, ya sean urbanos o rurales y así como también toda clase de operaciones

inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, el Desarrollo de

emprendimientos urbanísticos tanto para residencia permanente como para fines de semana y/o turístico así como

complejos y/o conjuntos de casas, departamentos y hoteles, desarrollo de fideicomisos inmobiliarios, acuerdos

de inversión, UTE y consorcios de desarrollos inmobiliarios. Participar en cualquier clase de negocio, empresa y/o

emprendimiento; efectuar aportes de capital a personas, empresas y/o sociedades de cualquier clase, constituidas

o a constituirse; contraer préstamos con entidades financieras y/o bancarias, oficiales, privadas, mixtas, del país

o del extranjero.- B) FIDEICOMISOS: Celebrar contratos de fideicomiso inmobiliarios, de administración y/o en

garantía o de garantía, constituir fideicomisos, sea como fiduciaria, fiduciante, organizadora, fideicomisaria y/o

beneficiaria, administrar los fondos fiduciarios y emitir certificados de participación y títulos de deuda. Para su

actuación como sociedad fiduciaria, conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes y para cumplir

con el objeto mencionado, la misma podrá efectuar toda clase de actos y contratos y emprender todo tipo de

negocios y actos jurídicos de cualquier naturaleza, incluyendo el asesoramiento a personas físicas o jurídicas y

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.454 - Segunda Sección 32 Jueves 20 de agosto de 2020

cuantas más facultades fueren necesarias. Adquirir el dominio de fiduciario de todo tipo de inmuebles, percibir los

aportes de los fiduciantes y el producido de la venta de las propiedades inmuebles a los adquirentes, realizar los

pagos que se requieran para la realización de las obras y proyectos objeto de cada uno de los fideicomisos que

se administren, transferir a los adquirentes y/o a los beneficiarios y/o sus cesionarios las propiedades inmuebles

que le corresponden según los instrumentos que oportunamente se otorguen.- Asimismo la sociedad podrá

celebrar toda clase de convenios, compra y venta de derechos y realizar todos los actos y contratos que directa

o indirectamente se relacionen con el objeto social. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en

la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público. Las actividades que asi lo requieran

serán desarrolladas por profesionales con titulo habilitante; Capital: $ 200.000 dividido en 20.000 cuotas de $ 10

valor nominal cada una; Cierre de ejercicio: 31/12; Gerentes ambos socios ambos con domicilio especial en la

sede; Sede: Arenales 855, 8 piso, departamento 7; CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 256 de

fecha 19/08/2020 Reg. Nº 451

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 20/08/2020 N° 33366/20 v. 20/08/2020