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N° 34811/20 Aviso del Boletín Oficial

GUREVICH SEGURIDAD S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 27 de agosto de 2020

Texto del aviso

GUREVICH SEGURIDAD S.R.L.

CONSTITUCIÓN por instrumento privado del 25/08/2020: SOCIOS: Gabriel Raúl TERRASINI, Argentino, nacido

05/06/1985, soltero, empresario, DNI 31.674.411, CUIT 20-31674411-8, domicilio calle Fitz Roy Nº 1459, 3º piso,

departamento “305” CABA y Enrique Andrés CORREA SOLE, Venezolano, nacido 14/12/1987, soltero, empresario,

DNI 95.903.035, CUIL 23-95903035-9, domicilio calle Paysandú Nº 1158, 2º piso, departamento “B” CABA. SEDE

SOCIAL: Fitz Roy Nº 1459, 3º piso, departamento “305”, CABA. CAPITAL: $ 100.000 dividido en CIEN cuotas

partes de MIL pesos ($ 1.000.-) de valor nominal cada una y de un voto por cuota, totalmente suscriptas por

los socios: Gabriel Raúl TERRASINI suscribe OCHENTA y CINCO (85) cuotas partes y Enrique Andrés CORREA

SOLE suscribe QUINCE (15) cuotas partes. INTEGRACION 25%. CIERRE EJERCICIO: 31/12. DURACIÓN: 99

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.460 - Segunda Sección 26 Jueves 27 de agosto de 2020

años. SOCIO GERENTE: Enrique Andrés CORREA SOLE acepta cargo y constituye domicilio especial en su

domicilio real. Duración: término de la sociedad. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia,

de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Vigilancia privada,

seguridad de personas y de bienes que se encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en

locales bailables, confiterías y todo otro lugar destinado a la recreación; Custodias personales, acompañamiento y

protección de personas determinadas; Custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia,

recuento y clasificación de billetes, títulos, valores y mercaderías en tránsito; Vigilancia con medios electrónicos,

ópticos y electroópticos, diseño, instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de

imagen, audio o alarmas, así como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; Tareas

de control de admisión y permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de

entretenimiento en general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes

y todo otro lugar de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios

abiertos, en la vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público;

Prestar estos servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado

Nacional, Provincial o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia

de seguridad y/o la Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo

autorice la legislación vigente y en cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados-

ANMaC. En la ciudad de Buenos Aires la sociedad actuará conforme lo normado por las leyes Nº 5688 y Nº 4010

de esta ciudad y por la ley Nacional Nº 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen. En la provincia

de Buenos Aires la sociedad tiene por objeto dedicarse a las actividades autorizadas por el artículo segundo de

la ley provincial 12.297 y las que en el futuro la modifiquen o complementen: 1) Vigilancia y protección de bienes;

2) Escolta y protección de personas; 3) Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a

excepción del transporte de caudales; 4) Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos,

locales bailables y otros eventos o reuniones análogas; 5) Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para

incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución en el ámbito de la justicia por la

comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal.

Autorizado según instrumento privado ACTA CONSTITUTIVA de fecha 25/08/2020

Hernán Diego Leeds - T°: 075 F°: 0323 C.P.A.C.F.

e. 27/08/2020 N° 34811/20 v. 27/08/2020