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N° 36405/20 Aviso del Boletín Oficial

INFONOA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 3 de septiembre de 2020

Texto del aviso

INFONOA S.A.

CUIT: 30715362569. Por asamblea del 25/08/2020 se reformo el artículo tercero del estatuto social que quedo

redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta

propia y/o de terceros y/o asociada a terceros en el interior y/o exterior de la República Argentina, las siguientes

actividades: a) Producción; edición de publicaciones, noticias, informes, cualquiera que sea el soporte en que

se pueda reproducir; b) Administrar los servicios técnicos en telecomunicaciones e informática destinados a

cualquier campo o sector; c) Administración en la dirección, asistencia técnica y transferencia de tecnología en

comunicaciones; d) La prestación, contratación, subcontratación, elaboración, desarrollo, control y ejecución de

todo tipo de servicios informáticos, de telecomunicaciones y la elaboración, edición, producción, publicación y

comercialización de productos audiovisuales. e) La prestación de servicios; subcontratación y elaboración y venta

de todo tipo de servicios relativos a agencia de publicidad comercial e institucional; f) La explotación comercial

de comunicación webs de noticias y/o la elaboración; g) Realización de encuestas y compulsas públicas, como

así también la producción; realización y puesta al aire de programas televisivos, radiales y/o por cualquier otro

medio de comunicación audiovisual; h) comercio electrónico; i) desarrollo de campañas de marketing relativas

a la actividad de la sociedad; j) desarrollo, difusión, representación y comercialización de archivos, bancos de

datos e información de todo tipo; l) Explotación comercial y otorgamiento de franquicias, licencias y sublicencias

de marcas, diseños y otros elementos de propiedad intelectual propios o desarrollados por terceros; mediante el

cobro de regalías, comisiones, honorarios, aranceles, fondos o cualquier otro tipo de retribución. Las actividades

que así lo requieran serán desempeñadas por profesionales con título habilitante.”

Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea de fecha 25/08/2020

ANDREA NATALIA LOMBRONI URTEAGA - T°: 130 F°: 165 C.P.A.C.F.

e. 03/09/2020 N° 36405/20 v. 03/09/2020