N° 16958/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 62
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 62
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº31, a cargo de la Dra. Vivian Cecilia Fernandez
Garello, Secretaría Nº62, a mi cargo, en los autos EQUIPAMIENTO TOTAL S.R.L S/ QUIEBRA, expediente
Nº16958/2018, hace saber que con fecha del 4/02/2020 se ha decretado la quiebra de EQUIPAMIENTO TOTAL
S.R.L, CUIT N° 30-71302110-1, inscripta ante la Inspección General de Justicia bajo el N° 10612, Libro 135 de
SRL con fecha 19/11/2010, con domicilio social en Quirno Costa 1256, Piso 6, Depto “A”, de esta Capital Federal.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.466 - Segunda Sección 77 Jueves 3 de septiembre de 2020
Síndico designado: LUIS HECTOR IGLESIAS, con domicilio constituido en Junín 55, Piso 9, Oficina “19”, domicilio
electrónico constituido 20206578859. Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura
la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta el 3/11/2020. El pretenso
acreedor no deberá aportar los dos juegos de copias en papel, debiendo enviar las copias de manera digital en
formato “pdf” a la dirección de correo electrónico oksindico@gmail.com poniendo en el asunto el nombre de la
quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente: Nombre y apellido,
Domicilio real y constituido, Domicilio electrónico (si lo tuviere); Teléfono; Correo electrónico, CBU de la cuenta
bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos y todo otro dato útil que permita
la comunicación con el acreedor. El pago del arancel, en el caso de corresponder, deberá efectuarse mediante
transferencia electrónica a la cuenta bancaria denunciada en autos. La fecha y hora de recepción de los correos
serán los que se encuentren en cada uno de ellos. Se hace saber que el plazo para realizar impugnaciones (art.
34 LCQ) vence el 17/11/2020, las que podrán ser contestadas hasta el 2/12/2020. El 17/12/2020 y el 5/03/2021 se
presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q, respectivamente. Intimar al fallido y a terceros para
que entreguen al síndico los bienes de aquél, prohibir la realización de pagos al mismo, los cuales serán ineficaces.
Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que dentro de las 24 hs del auto de quiebra entregue al
síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Intimar al fallido para que
dentro de las 48 hs constituya domicilio so pena de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. El presente
edicto deberá ser publicado por cinco días en el Boletín Oficial sin previo pago (art. 89 L.C.Q.). Buenos Aires, 1 de
septiembre de 2020. FDO. GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ. SECRETARIO. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez
- GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ SECRETARIO
e. 02/09/2020 N° 36036/20 v. 08/09/2020