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N° 32913/20 Aviso del Boletín Oficial

GEGASPE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 9 de septiembre de 2020

Texto del aviso

GEGASPE S.R.L.

complementario al edicto de 19/08/2020 N° 32913/20 se hace saber que por escritura complementaria numero 68

del 07/09/2020 del Registro 111 de CABA, y a los fines de subsanar la observación efectuada por IGJ se modifica el

artículo tercero: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, ajena o asociada

con terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: a) Constructoras: Construcción de todo tipo de

inmuebles, refacción, mantenimiento, y/o demolición de todo tipo de inmuebles, urbanos y rurales, propios y/o de

terceros, situados en el país o en el extranjero, inclusive los sometidos al régimen de la propiedad horizontal, así como

cualquier negocio relacionado con la construcción de toda clase de obras, públicas o privadas, civiles, comerciales

e industriales, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones.- b) Inmobiliarias: Compra, venta, permuta,

alquiler, arrendamiento, subdivisión de tierras, fraccionamiento, loteo, urbanización, administración, explotación,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.470 - Segunda Sección 22 Miércoles 9 de septiembre de 2020

en especial de franquicias inmobiliarias, intermediación, y comercialización en cualquier forma de todo tipo de

inmuebles, y en general toda clase de operaciones inmobiliarias.- c) Industriales y comerciales: Diseño, fabricación,

compra, venta, importación, exportación, consignación, distribución y comercialización integral de todo tipo de

bienes, relacionados con la construcción, equipamientos y tecnología, objetos de diseño, mobiliarios, utilitarios,

revestimientos y luminarias.- d) Financieras: Realizar toda clase de operaciones financieras, realizar inversiones y

aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas permitidas por las leyes, actuar como fiduciario y celebrar

contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y

realizar toda clase de operaciones financieras excluyendo las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y

toda otra que requiera el concurso público. Para su cumplimiento, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir

derechos y contraer obligaciones, conforme el presente estatuto y la legislación que le sea aplicable.- Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 68 de fecha 07/09/2020 Reg. Nº 111

María Alejandra Cubas - Matrícula: 4802 C.E.C.B.A.

e. 09/09/2020 N° 37575/20 v. 09/09/2020