N° 38466/20 Aviso del Boletín Oficial
NBF ESTUDIO JURÍDICO & TRIBUTARIO S.R.L.
Texto del aviso
NBF ESTUDIO JURÍDICO & TRIBUTARIO S.R.L.
Constitución por escritura del 01/09/2020.1) Nicolás Santiago NORO VILLAGRA, DNI 23.781.284,10/02/1974,
abogado, casado, Montevideo 1196, Piso 7°,CABA; Sebastián Jorge BAGLIETTO, DNI 18.409.399, 05/06/1967,
abogado, divorciado, Avenida Del Libertador 2245, Piso 3°, Departamento “A”,CABA; Rodolfo Nicolás FEITO,
DNI 26.966.495, 12/11/1978, contador publico, casado, Mendoza 4535, Piso 4°, Departamento “A”,CABA; Carlos
Federico GUNTIN, DNI 23.904.445, 23/03/1974, abogado, casado, Murature 674, San Isidro, Provincia de Buenos
Aires; Lucas Sebastián AMADO, DNI 23.953.311,29/05/1974, abogado, casado, Juez Tedin 3001, Piso 4°,CABA;
todos argentinos. 2) Avenida Leandro N. Alem 530, Piso 2°, CABA. 3) Tiene por objeto realizar por cuenta propia
o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Prestación
de Servicios Profesionales relacionados con las ciencias jurídicas, legales y ciencias económicas y contables,
entre otros, asesoramiento jurídico y contable, tributario y previsional, liquidaciones impositivas, laborales y
previsionales, procesamiento de información jurídico y contable y servicios de auditoría y auditorias de compra
y venta de sociedades o negocios (due-diligence). 2) Prestación de servicios profesionales jurídicos brindando
asesoramiento en forma extrajudicial y judicialmente, ya sea patrocinando o representando, en todas las
jurisdicciones nacionales, provinciales, municipales, ya sean judiciales y/o administrativas, y en todos los fueros
de competencia, civiles, laborales, penales, comerciales, quiebras, consumidor, contenciosos administrativos,
y en todas las instancias, incluidos los máximos tribunales, ya sean del fuero federal o común, sin que esta
enumeración sea taxativa, sino que abarca todo acto, gestión y/o asesoramiento en cualquier ámbito o instancia
de los derechos de sus representadas o patrocinadas y de los intereses e interesados cuya representación o
patrocinio se les hubiese encomendado tanto a en el ámbito de la República Argentina como en el Extranjero.
3) Prestación de servicios profesionales de las ciencias económicas, contable, auditorias, auditorias financieras,
patrocinando y representado a los clientes antes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Rentas
Provinciales y Municipales, Organismos Internacionales, Nacionales, Provinciales y Municipales vinculados a
impuestos, tributos, cargas, contribuciones y/o cualquier relación vinculada a la ciencia económica, contable y
financiera. Esta enumeración no es taxativa, sino que abarca a todo acto, gestión, asesoramiento y/o representación
en materia impositiva, tributaria y/o fiscal se le haya encomendado a la sociedad. 4) Prestación de Servicios en
recursos humanos, entre otros, búsqueda de personal, tercerización de servicios, alquiler de servicio de personal
administrativo y operativo en forma temporaria, reestructuraciones. 5) Prestación de servicios profesionales
relacionados a consultoría jurídica y/o contable, financiera, administrativa en general, comercial, informática en
sistemas de calidad, en planificación y en control y gestión de proyectos y negocios. 6) Desarrollo de actividades
de capacitación vinculadas a las ciencias jurídicas, económicas, contables y de administración; 7) Gestión de
mandatos y representaciones por cuenta de terceros, nacionales y/o extranjeros, gerenciamiento de proyectos y
negocios. 8) Actuación en carácter de fiduciario en toda clase de fideicomisos constituidos en los términos de la
Ley Nacional N° 24.441 y modificatorias y reglamentarias. Cuando las normas de actuación profesional, ya sean
jurídicas, económicas, contables o administrativas, exijan la firma individual de uno o más de los profesionales
socios de la sociedad en los respectivos escritos, presentaciones, informes o dictámenes, se entenderá que, en
sus relaciones internas societarias tal actuación individual lo es por y para la sociedad, en cuyo caso los honorarios
pertinentes deberán ingresar a ésta. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones, incluso las prescriptas por el artículo 375 y los títulos valores
previstos en el Libro Tercero, Título 5, Capítulo 6 del Código Civil y Comercial. Los socios deberán prestar sus
servicios profesionales de acuerdo con las normas y principios propios de la abogacía y las ciencias económicas y,
en particular, de conformidad con los principios de independencia, secreto profesional y responsabilidad personal.
Las actividades que así lo requieran serán desarrolladas por profesionales con títulos habilitantes. 4) 50 años.
5) $ 100.000, representado por 100.000 cuotas de valor nominal mil pesos cada una ,suscriptas así: NICOLÁS
SANTIAGO NORO VILLAGRA, 20 cuotas, SEBASTIÁN JORGE BAGLIETTO 20 cuotas, RODOLFO NICOLÁS FEITO
20 cuotas, FEDERICO CARLOS GUNTIN 20 cuotas, LUCAS SEBASTIÁN AMADO 20 cuotas. 6) Administración 1 o
más gerentes, en forma individual e indistinta, por el término de duración de la sociedad. Gerente Lucas Sebastián
AMADO, con domicilio especial en la sede. 7) Quórum y mayorías según artículo 160 ley 19550. 8) Cierre de
ejercicio 30/09. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 2300 de fecha 01/09/2020 Reg. Nº 501.
paula soledad Casuscelli - T°: 121 F°: 83 C.P.A.C.F.
e. 11/09/2020 N° 38466/20 v. 11/09/2020