N° 39591/20 Aviso del Boletín Oficial
AERO LUJÁN S.A.
Texto del aviso
AERO LUJÁN S.A.
Constitución: Esc. 29 del 11/09/2020 F° 101 Registro 959 C.A.B.A. Socios: Lipton BLOCK, argentino, nacido el
25/11/1969, casado en primeras nupcias con Nancy María Jorgelina Delesie, DNI 21.114.547, CUIT 20-21114547-2,
licenciado en administración, domiciliado en Ruta 5 km 67,500, de la localidad de Luján, Provincia de Buenos Aires;
y Santiago BLOCK, argentino, nacido el 12/03/2002, soltero, DNI 43.864.154, CUIT 20-43864154-9, de profesión
estudiante, domiciliado en calle Club de Campo La Concepción s/n, de la localidad de Luján, Provincia de Buenos
Aires.- Duración: 99 años. Objeto: Tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o
asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: a) la realización de
trabajo aéreo en cualquiera de sus formas, incluyendo (sin que ello implique limitación), la prestación de servicios
de Transporte Aéreo Regular y No Regular, incluyendo en ésta última categoría el Traslado Aéreo de Órganos,
el Transporte Aéreo Sanitario y el Charter; aeropublicidad, aeroaplicación, lucha antigranizo, investigación
meteorológica, aerofotogrametría, prospección aérea, control aéreo de plagas.- b) La compra, venta, importación,
exportación de aeronaves o sus componentes o autopartes; equipos electrónicos de vuelo, comunicación o
navegación, y todo otro equipo asociado, tanto nuevo como usado y/o reacondicionado.- c) La organización,
administración o explotación de Talleres Aeronáuticos de Reparación de aeronaves y equipos aeronáuticos, en
los términos previstos por la reglamentación aeronáutica vigente.- d) La construcción, montaje, ensamblado
o fabricación de aeronaves o sus componentes o autopartes; equipos electrónicos de vuelo, comunicación
o navegación, y todo otro equipo asociado.- e) La celebración de contratos de licencia, como licenciadora o
licenciataria, para la construcción, montaje, ensamblado o fabricación en el país de productos aeroespaciales
de diseño o patente extranjera, sean aeronaves, sus componentes o autopartes, equipos electrónicos de vuelo,
comunicación o navegación, y todo otro equipo asociado.- f) La organización, administración o explotación de
Escuelas de Vuelo, Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico, o Centros de Instrucción de Aviación
Civil, o de Capacitación Aeronáutica, en los términos previstos por la reglamentación aeronáutica vigente.- g)
El desarrollo, proyecto, investigación y estudio de aeronaves experimentales, desde su concepción hasta su
certificación por la autoridad aeronáutica correspondiente.- h) La prestación de servicios con Vehículos Aéreos No
Tripulados o Sistemas de Servicios Aéreos No Tripulados.- i) La organización de eventos provinciales, nacionales
o internacionales apuntados a la difusión de temas afines con el ámbito aeronáutico.- j) La publicación de material
gráfico o bibliográfico de contenido aeronáutico, y la distribución, comercialización y mercadeo de los productos
que edite.- k) La elaboración de dictámenes, proyectos, informes, auditorías, inspecciones, peritajes, tasaciones,
diseños y toda otra elaboración que tenga contenido aeronáutico principal o accesorio dirigido a particulares,
empresas y organismos gubernamentales nacionales o extranjeros; l) La participación en todo procedimiento de
selección pública de ofertas vinculadas con su objeto, tales como concursos de precios o proyectos, licitaciones
públicas o privadas; m) El ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, comisiones, consignaciones,
gestiones de negocios, gestiones de préstamos de dinero ante entidades bancarias o financieras públicas o privadas
nacionales o extranjeras, cobranzas y administraciones de bienes o intereses de otras personas o empresas con
actividades profesionales o comerciales afines con el objeto social; n) Financiera: Mediante el otorgamiento o la
adquisición de préstamos, financiamientos y créditos, con o sin garantía real o personal, así como el otorgamiento
por la Sociedad de todo tipo de garantías personales o reales, con excepción de las operaciones comprendidas en
la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso del ahorro público, todo ello a efectos
de posibilitar y facilitar las operaciones que realice la Sociedad. A tales fines, la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos
por las leyes o por este estatuto. Para aquellas actividades que las leyes o reglamentaciones vigentes exijan
profesionales con título habilitante, serán desarrolladas por quienes reúnan dichos requisitos. Para ello la sociedad
tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con el objeto social.- Capital: $ 300.000-
. Administración: Directorio integrado por 1 a 5 miembros titulares por 3 años. Representación legal: Presidente del
Directorio, o al Vicepresidente en caso de ausencia, impedimento o vacancia en el cargo, o a dos Directores, los
que actuarán en forma conjunta. Fiscalización: se prescinde. Presidente: Lipton Block. Director Suplente: Santiago
Block.- Domicilio especial de los directores: Roosevelt 2445, piso 3°, oficina “C” C.A.B.A. Sede social: Roosevelt
2445, piso 3°, oficina “C” C.A.B.A..- Cierre de ejercicio: 30 de Junio. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 29 de fecha 11/09/2020 Reg. Nº 959
Daniela Silvia Populin - T°: 86 F°: 388 C.P.A.C.F.
e. 16/09/2020 N° 39591/20 v. 16/09/2020