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N° 39601/20 Aviso del Boletín Oficial

MÁS SIMPLE S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 16 de septiembre de 2020

Texto del aviso

MÁS SIMPLE S.A.

CUIT 30-71661883-4. Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria del 27 de julio de 2020 se resolvió

modificar el objeto social, reformando en consecuencia el artículo 3º del Estatuto Social, el cual quedó redactado

de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia

o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) el desarrollo, difusión,

representación y comercialización de archivos, bancos de datos, software y provisión de servicios informáticos

aplicados al comercio electrónico, provisión de servicios de adquirencia y de plataformas de gestión de captura

y administración de medios de pago y de cobro, programas de lealtad y trazabilidad, marketing interactivo y

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.475 - Segunda Sección 12 Miércoles 16 de septiembre de 2020

marketing online entre otros; b) la prestación y explotación de bienes y/o servicios relacionados con sistemas de

redes (internet) y todo tipo de sistema de transmisión de datos y/o audiovisual y/o de correo electrónico, incluyendo

el diseño y programación de software para la intermediación en la venta de servicios o actividades de comercio

electrónico en cualquiera de sus formas; c) la compra, comercialización, venta, distribución, representación,

importación y/o exportación de bienes y/o servicios relacionados con las actividades precedentemente enunciadas;

d) la asistencia, asesoramiento y soporte relacionado con las actividades precedentemente enunciadas; e) realizar

gestiones de cobranzas y/o de pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por

cuenta y orden y/o a nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica por Internet y/o cualquier

otro medio de pago. Para todas estas actividades la sociedad podrá operar en cualquier mercado autorizado del

país y/o del exterior, participar de emisiones de valores negociables de cualquier tipo y especie, y realizar todo

tipo de operaciones en el mercado de capitales o fuera del ámbito de bolsas o mercados de valores autorizados,

siempre que no se trate de actividades prohibidas o sin obtener -en su caso- la autorización de la Comisión

Nacional de Valores o el ente que la reemplace en el futuro. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por

este estatuto.”. Autorizado según instrumento privado acta de asamblea de fecha 27/07/2020

Paula Natalia Beveraggi - T°: 64 F°: 364 C.P.A.C.F.

e. 16/09/2020 N° 39601/20 v. 16/09/2020