W20 Argentina W20Argentina

N° 39966/20 Aviso del Boletín Oficial

STOCKHOLDER S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 17 de septiembre de 2020

Texto del aviso

STOCKHOLDER S.A.

CUIT 30-69607859-5. Asamblea General Extraordinaria 25/08/2020 Resolvió reforma de objeto social: ARTICULO

TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el

país en el extranjero, la actividad principal de ser proveedor de servicios financieros.La Sociedad podrá realizar:(i)

Administración y operatoria de transferencias a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o

cualquier otro soporte electrónico, así como también el servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta

y orden de terceros, aceptando y ejecutando para ello mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por

cuenta y orden, en todos los casos a través de sistemas de transferencias mediante soporte electrónico; (ii) actuar

como proveedor de servicios de pago (PSP); (iii) la prestación de servicios de computación y procesamiento

de datos; diseño y desarrollo de soportes lógicos (software); (iv) la importación, exportación, comercialización,

gestión, aceptación y otorgamiento de licencias, locación de uso de obras, máquinas, equipos, servicios, el

ejercicio de representaciones, distribuciones, comisiones y mandatos o cualquier otra clase de convenio relativo

al objeto social; (v) la creación, el desarrollo, la dirección, la administración, la comercialización, adquirencia,

explotación y la operación de sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y/o compra y/o tarjetas prepagas y/o

afines, incluyendo aquellos previstos en la Ley N° 25.065 y sus normas legales y reglamentarias, modificatorias

y complementarias; (vi) agrupación de pagos a través de plataformas de gestión electrónica y/o digital; (vii) el

otorgamiento y comercialización de préstamos personales, créditos, garantías, y financiaciones destinadas al

consumo de conformidad con la normativa aplicable, incluyendo, de corresponder, las normas del Banco Central

de la República Argentina; (viii) la constitución de fideicomisos de cualquier tipo de objeto y la participación en los

mismos como fiduciante, fiduciario, fideicomisario y/o beneficiario, conforme lo permita la legislación aplicable; (ix)

la recaudación de tributos nacionales, provinciales y municipales por cuenta y orden del Estado correspondiente,

fondos provenientes del pago de servicios, ya sea por cuenta propia y/o por orden de terceros, sea que los mismos

fueren prestados por empresas públicas o privadas, pudiendo realizar servicios de pago y/o cobranzas (incluso

electrónicos) por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios o

bienes; y (x) la participación en el capital social de otras sociedades, incluyendo aquellas que realicen servicios

complementarios de los servicios financieras permitidos por el Banco Central de la República Argentina. Autorizado

según instrumento privado NOTA de fecha 04/09/2020

María Susana Carabba - T°: 57 F°: 430 C.P.A.C.F.

e. 17/09/2020 N° 39966/20 v. 17/09/2020