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N° 40206/20 Aviso del Boletín Oficial

GAP CONSTRUCCIONES S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 18 de septiembre de 2020

Texto del aviso

GAP CONSTRUCCIONES S.R.L.

GAP CONSTRUCCIONES S.R.L.- EDICTO COMPLEMENTARIO DEL PUBLICADO EL 21/02/2020(Factura Nro.

0005-00174741) Nro. 9200/20.- ab bato attento adiante el sig POR UN DIA: Sr.FERNANDO MARCELO LAZZARO

GARCIA, de Nacionalidad: ARGENTINA, Titular del D.N.I. Nro. 20.617.046, C.U.I.T.Nro. 20-20617046-9, hijo de

José Fancisco LAZZARO y Concepción Elena GARCIA, nacido el 29 de Enero de 1969, de Estado Civil: SOLTERO,

Profesión: ARQUITECTO, con domicilio real en la calle Río de Janeiro 840, Piso 9o Dpto.”E”, C.A.B.A. y el Sr.ALDO

OVIDIO MONJES FERNANDEZ, de Nacionalidad: PARAGUAYA, Titular del D.N.I.Nro. 92.987.780, C.U.I.T.Nro. 20-

92987780-3, hijo de Cesareo MONJES y Amelia FERNANDEZ, nacido el 17 de Junio de 1972, de Estado Civil:

SOLTERO, Profesión: CONSTRUCTOR, con domicilio real en la calle Egiptol 190, Planta Baja, Merlo, Provincia

de Buenos Aires, vienen por la presente y resuelven suscribir el presente Contrato Complementario con relación

a la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada:”GAP CONSTRUCCIONES S.R.L.”, conforme a la

Resolución IGJ 520 y -en consecuencia- se procede a modificar la Cláusula Cuarta del Instrumento de origen

que quedará redactada de la siguiente manera: Capital Social: El Capital Social de la Sociedad es de Pesos CIEN

MIL($ 100.000.-) y está representado por DIEZ MIL(10.000) Cuotas de Pesos DIEZ(10) Valor Nominal cada una,

con derecho a un voto por cuota.- Asimismo, y como consecuencia de la Adecuación que surge de la Cláusula

Anterior, se procede a modificar el Acápite III de la Cláusula Decimo Segunda del Instrumento de origen, que

quedará redactada de la siguiente manera: Se deja constancia que el Capital Social se suscribe en su totalidad,

de acuerdo con el siguiente detalle: FERNANDO MARCELO LAZZARO GARCIA: suscribe CINCO MIL (5.000)

Cuotas de Pesos DIEZ($ 10.-) Valor Nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, equivalente a la suma de

Pesos CINCUENTA MIL($ 50.000.-) y ALDO OVIDIO MONJES FERNANDEZ: suscribe CINCO MIL (5.000) Cuotas

de Pesos DIEZ($ 10.-) Valor Nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, equivalente a la suma de Pesos

CINCUENTA MIL($ 50.000.-).- En éste acto, los socios integran cada uno un VEINTICINCO POR CIENTO(25%) de

su suscripción en dinero efectivo, conforme lo establecido en la Resolución IGJ 7/2015, obligándose a integrar

el remanente en dinero efectivo dentro del plazo de dos(2) años, contados a partir de la inscripción registral de

la Sociedad.- Dr.Israel Alberto BRUSILOVSKY(C.P.A.C.F., T° 9-Fo646).- Autorizado por Instrumento Privado de

fecha 07/02/2020, Cláusula 12o.- Israel Alberto BRUSILOVSKY - T° 9-Fo646 del C.P.A.C.F.- Autorizado según

instrumento privado Israel Alberto BRUSILOVSKY de fecha 07/02/2020

ISRAEL ALBERTO BRUSILOVSKY - T°: 9 F°: 646 C.P.A.C.F.

e. 18/09/2020 N° 40206/20 v. 18/09/2020