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N° 40175/20 Aviso del Boletín Oficial

WST S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 18 de septiembre de 2020

Texto del aviso

WST S.A.

WST S.A. CUIT 30-71158333-1. OBLIGACIONES NEGOCIABLES. SERIE III - POR HASTA V/N $ 135.000.000

En cumplimiento del art. 10 de la Ley N° 23.576, se informa que WST S.A. (la “Sociedad”), en el marco de las

Condiciones Generales de la Emisión de Obligaciones Negociables Simples por hasta US$ 40.000.000 (las

“Condiciones Generales”), emitirá las Obligaciones Negociables Serie III denominadas en pesos argentinos con

vencimiento al 29/08/2022 (las “Obligaciones Negociables”). (a) Aprobaciones societarias: aprobada por Asamblea

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.477 - Segunda Sección 54 Viernes 18 de septiembre de 2020

General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad del 20/02/2019 y Reunión de Directorio de la Sociedad del

03/09/2020. (b) Datos de la Sociedad: tiene domicilio en la Av. Córdoba 1561, piso 2°, de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, República Argentina; de constituyó en el año 2010 y se inscribió en el Registro Público de Comercio

el 08/09/2010, bajo el número 16511 del Libro 50 de Estatutos de Sociedades por Acciones; de acuerdo con su

estatuto, el plazo de duración de la Sociedad vence el 27/08/2109. (c) Objeto social: tiene por objeto dedicarse

a las siguientes actividades por cuenta propia, en nombre de terceros, o asociada con terceros: (i) INVERSORA:

Mediante la adquisición y venta de acciones, participaciones en sociedades anónimas, fondos comunes de

inversión, fondos de inversión directa y/o de capitalización, títulos de deuda emitidos por terceros, toda clase de

valores mobiliarios y papeles de créditos, públicos o privados, emitidos por sociedades u otras personas jurídicas

nacionales o extranjeras, públicas o mixtas, constituidas o a constituirse, tengan o no autorización para realizar

oferta pública; el aporte de fondos u otros bienes en sociedades por acciones ya constituidas o a constituirse, o

que la Sociedad con terceros constituya en el futuro. (ii) FINANCIERA: Mediante el otorgamiento de préstamos

y créditos, con o sin garantías, con cualquier modalidad de plazo para su pago; la organización de sindicatos de

acciones o de créditos, y la concertación de toda clase de operaciones financieras que autoricen las leyes, con

exclusión de las operaciones previstas por la Ley 21.526 o la que la reemplace o sustituya y también con exclusión

de las operaciones por las que se requiera concurso público ahorro público. (d) Capital social y patrimonio: al

31/12/2019, el capital social y el patrimonio neto consolidado de la Sociedad son $ 32.321.596 y $ 2.605.341.131,

66 respectivamente. (e) Monto y moneda: las Obligaciones Negociables se emiten por $ 135.000.000 (pesos ciento

treinta y cinco millones). (f) Otras deudas: en el marco de las Condiciones Generales de la Emisión de Obligaciones

Negociables Simples por hasta US$ 40.000.000 (las “Condiciones Generales”), se emitieron las Obligaciones

Negociables Serie I, con fecha 08 de marzo de 2019 por U$S7.000.000 (dólares estadounidenses siete millones), y

las Obligaciones Negociables Serie II, con fecha 29 de agosto de 2019 por U$S7.000.000 (dólares estadounidenses

siete millones). (g) Garantía: no aplica. (h) Amortización: la amortización del capital se efectuará íntegramente al

vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I (es decir, el 08/09/2022). (i) Intereses: Devengarán intereses

sobre el capital a una tasa de interés variable anual, que será la suma de: (i) la Tasa de Referencia -según se define

más adelante- y, (ii) el Margen de Interés -según se define más adelante- (en su conjunto, la “Tasa de Interés”). La

Tasa de Interés resultante de dicho cálculo será truncada a dos decimales. El criterio de redondeo será el siguiente:

del decimal uno (1) al decimal cuatro (4), se redondea hacia abajo; y del decimal cinco (5) al decimal nueve (9),

se redondea hacia arriba. La “Tasa de Referencia” será el promedio aritmético simple de la tasa de interés para

depósitos a plazo fijo de más de $ 1.000.000 (Pesos un millón) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco

(35) días de plazo de bancos privados de la República Argentina publicada por el Banco Central de la República

Argentina -“BCRA”- (la “Tasa BADLAR Privada”), durante el período que se inicia el séptimo día hábil anterior al

inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo día hábil anterior a la Fecha de Pago

de Intereses correspondiente (excluido este último). Si la Tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por el

BCRA, se tomará: (i) la tasa sustituta de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir

o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando el

promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de $ 1.000.000 (Pesos un millón) por períodos

de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de los cinco (5) primeros bancos privados de Argentina. A

fin de seleccionar los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles

publicados por el BCRA. El “Margen de Interés” será el margen -expresado como porcentaje nominal anual- a

adicionarse a la Tasa de Referencia en cada período de devengamiento de intereses. El Margen de Interés será

equivalente al diez por ciento (10%) de la Tasa de Referencia. Al pago de intereses deberá adicionarse el IVA, en

caso de corresponder. (j) Demás condiciones de la emisión: (i) Rescate anticipado: las Obligaciones Negociables

no serán rescatables, salvo los supuestos de rescate previstos seguidamente: (a) Rescate a Favor del Emisor: El

Emisor podrá efectuar el rescate total y/o parcial anticipado de las ON mediante notificación efectuada con no

menos de 15 días, ni más de 60 días a los obligacionistas. En este caso, deberá reintegrarse a los tenedores de

la ON, el capital a rescatar y abonarse los intereses devengados pendientes de pago sobre el capital a rescatar,

hasta la fecha efectiva del pago del rescate. El rescate se hará saber por notificación directa a cada uno de los

obligacionistas y podrá efectuarse en cualquier momento durante la vida de la ON. (b) Rescate por Cambio de

Accionistas Controlantes o Grupo de Control: los obligacionistas podrán solicitar el rescate total anticipado de las

ON a valor par durante la vigencia de las ON, en el supuesto de que los miembros que actualmente figuran como

accionistas tenedores de acciones ordinarias con derecho a voto según el registro de accionistas del Emisor que

se entregará en copia certificada a los obligacionistas, no posean directa o indirectamente al menos el 51% de las

acciones con derecho a voto del Emisor, o carezcan del derecho a designar la mayoría absoluta de los miembros

del Directorio del emisor. (ii) Modalidad y Plazo de Entrega: al momento de integración se entregarán a los

obligacionistas las constancias de su participación. (iii) Forma de las Obligaciones Negociables: las Obligaciones

Negociables estarán representadas por láminas individuales, que contendrán las menciones indicadas en las

normas legales y reglamentarias. Los derechos que se reconocen a los obligacionistas sólo serán aplicables a favor

de las personas que figuren en carácter de obligacionistas en los registros respectivos. A todo evento, el registro

se anotará en el reverso de las láminas. Los pagos de servicios se realizarán a los obligacionistas registrados a

la respectiva fecha de pago de un servicio sobre las obligaciones negociables emitidas, y tales pagos se tendrán

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.477 - Segunda Sección 55 Viernes 18 de septiembre de 2020

por válidos. El registro pertinente será prueba concluyente con respecto al monto de servicios y valor nominal no

cancelado o pendiente, en cualquier momento, y todos los pagos efectuados en virtud del presente a cualquier

persona inscripta en el mencionado registro se tendrá por válido. (iv) Moneda de Suscripción, Integración y Pago:

la suscripción deberá realizarse en pesos argentinos. (v) Jurisdicción: la eventual ejecución y cualquier acción

vinculada con las Obligaciones Negociables se tramitará en los tribunales comerciales ordinarios con asiento en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Autorizado según instrumento privado 03/09/2020 de fecha 03/09/2020

Cynthia Claudia Durand - Matrícula: 4355 C.E.C.B.A.

e. 18/09/2020 N° 40175/20 v. 18/09/2020