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N° 39428/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 52 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales jueves, 24 de septiembre de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 52 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Civil n° 52, Secretaría Única de la Capital Federal, sito en Av. de los

Inmigrantes 1950 PB de la CABA en los autos caratulados “MAGRI, ALFREDO FRANCISCO c/SINDICATO

OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL CARTON Y QUIMICOS SINDICATO PAPEL CAPITAL FEDERAL Y OTROS

s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (expte. n° 7724/2010) notifica con que fecha 2 de febrero de 2016 se dictó

Sentencia: “FALLO: 1°) Declarando admisible el allanamiento del Sindicato Obrero de la Industria del Papel, Cartón

y Químicos y en consecuencia, haciendo lugar a la de manda promovida por ALFREDO FRANCISCO MAGRI

contra COOPERATIVA DE VIVIENDA LIMITADA MARTÍN GÜEMES y SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL

PAPEL, CARTÓN Y QUÍMICOS y declarando adquirido por el primero, en su calidad de poseedor y por prescripción

vicenal, desde el día 28 de abril de 1995, el dominio de los inmuebles sitos en Avellaneda 4331/41 Unidad Funcional

50 y 51 de esta ciudad, Nomenclatura Catastral C: 1, S: 77, M: 62, P: 7 b.- 2°) Ordenando, en consecuencia, que

oportunamente se inscriba el dominio así adquirido en el Registro de la Propiedad Inmueble y dando por decaída

la inscripción anterior a nombre de Cooperativa de Vivienda Limitada Martín Güemes y Sindicato Obrero de la

Industria del Papel, Cartón y Químicos, dejando constancia que las medidas, linderos y superficies serán, en

caso de divergencia, los que surgen del plano, que deberá ser acompañado para su registro (...) 3°) Imponiendo

las costas en la forma indicada en los considerandos. Oportunamente, a fin de regular los honorarios pertinentes,

deberá indicarse la base regulatoria correspondiente.- (...) FDO. FERNANDO L. SPANO. JUEZ.- “ “Buenos Aires, 04

de julio de 2017.- Por recibido. Atento a las constancias de autos, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto

por el art. 145 del Código Procesal, publíquense edictos en el Boletín Oficial y en La Prensa, durante dos días a los

efectos de notificar los puntos 1, 2 y 3 de la parte resolutiva de la sentencia dictada a fs. 398/402. FDO. Fernando

L. Spano. Juez”. FERNANDO L. SPANO Juez - DIEGO P. OHRNIALIAN SECRETARIO

e. 23/09/2020 N° 39428/20 v. 24/09/2020