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N° 6907/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

Edictos Judiciales jueves, 1 de octubre de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 48 sito en M T. de Alvear 1840

P.B. de CABA comunica por cinco días en los autos “RENSE SRL S/QUIEBRA”, expte Nº6907/2020, (CUIT: 30-

61466023-2), que el 14.9.2020 se ha decretado presente quiebra. El síndico designado es Luis Humberto Chelala

con domicilio constituido en la calle corrientes 2335 P. 5 of. A, de esta Ciudad (TEL. 495- 24741). La Verificación

tempestiva ante el síndico (LCQ: 32) se podrá realizar hasta el 20.11.2020. A tales efectos se formará un “incidente

de insinuación de créditos en los términos del art. 32 de la ley 24.522” a fin de que los acreedores con asistencia

letrada ingresen digitalmente sus insinuaciones y la documentación respaldatoria. Las ingresadas hasta las 20 hs.

se consideraran presentadas en esa fecha, y las posteriores a dicho horario como presentadas al día siguiente

limitándose el Juzgado a incorporarlas sin efectuar análisis alguno. Vencido el plazo, se procederá a archivar el

escrito y las copias de documentación que se presenten sin despacho alguno al igual que las observaciones

presentadas fuera del plazo del art. 34 LCQ. Vencidos estos plazos, el “incidente” será restringido y archivado

digitalmente. La presentación deberá ser suscripta electrónica o digitalmente por el letrado actuante quien deberá

prestar declaración jurada de que las copias digitales cargadas se corresponden a los antecedentes originales,

y que éstos serán presentados al Juzgado o a la sindicatura dentro de las 48 hs. de que le sean requeridos todo

ello, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de los eventuales perjuicios. En caso de ser patrocinante deberá

contar con la firma ológrafa del patrocinado. Deberá acreditarse también –de corresponder- el pago del arancel

verificatorio mediante transferencia a realizarse a la caja de ahorro en pesos: CBU: 0150505401000121932382 ICBC

perteneciente a Luis Humberto Chelala (CUIT: 20081308617). La insinuación de quienes no cuenten con asistencia

letrada deberá presentarse directamente ante el síndico acompañando el escrito y su documentación en formato

papel previo pedido de turno a la dirección de mail estudiochelala@gmail.com.ar y humbertochelala@gmail.com;

que deberá ser concedido a más tardar dentro de las 48hs. de solicitado, quien le informará los protocolos a seguir

para la recepción de las piezas pertinentes. Se considerará como fecha y hora de presentación la del día de la

entrega efectiva de las piezas al síndico, a cuyo fin deberá éste dar adecuada respuesta a los requerimientos de

turno. Una vez recibidas las mismas deberá la sindicatura, en el plazo de tres días, cargar digitalmente el escrito

y documentación en el “incidente de insinuación de créditos”, con todos los datos que individualicen la petición

a los fines de ejercer la facultad prevista por la LCQ: 34. Para el caso de que los acreedores que se presenten sin

asistencia letrada pretendan hacer uso del derecho que otorga la LCQ: 34, deberá seguirse el mismo protocolo que

el establecido para la presentación de las insinuaciones previstas en el art. 32 de dicha ley. Presentación del informe

LCQ: 35: el 4.2.2021 Resolución art. 36 LCQ: 22.2.2021. Presentación del informe LCQ: 39 22.03.2021. Audiencia

de explicaciones para el día 18.03.21 a las 10.00hs. que deberán concurrir los administradores de la fallida a este

Tribunal sito en M.T. de Alvear 1840, PB. Ordénase al fallido y a terceros, entreguen al Síndico los bienes de aquél,

prohibiéndose hacerle pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase al fallido y administradores a fin de que

dentro de las cuarenta y ocho horas pongan a disposición del Síndico los libros de comercio y documentación

relacionada con la contabilidad, y para que constituyan domicilio procesal en esta Ciudad bajo apercibimiento

de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Buenos Aires, 29 de septiembre de 2020. Fdo. Horacio

Robledo Juez PAULA MARINO SECRETARIA

e. 01/10/2020 N° 43150/20 v. 07/10/2020