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N° 43481/20 Aviso del Boletín Oficial

AGROPECUARIA VADIMAR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 2 de octubre de 2020

Texto del aviso

AGROPECUARIA VADIMAR S.A.

CUIT: 30-52311947-4. Por Reunión de Directorio de fecha 20/05/2020 se aprobó: (i) la asunción del Sr. Marcelo Luis

Chiaromonte como único director titular y Presidente de la Sociedad hasta tanto la Asamblea de Accionistas se

expida sobre la conformación del Directorio. El Sr. Marcelo Luis Chiaromonte aceptó el cargo conferido y mantuvo

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.488 - Segunda Sección 4 Viernes 2 de octubre de 2020

el domicilio especial constituido en Av. Las Heras 2484, Piso 11, Depto B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y

(ii) convocar a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria con motivo de la fijación del número y designación de

directores titulares y suplentes, y de la incorporación al estatuto social de la posibilidad de celebrar reuniones de

Directorio y Asambleas a distancia. Mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 20/05/2020 se

fijó en uno la cantidad de directores titulares y en uno la cantidad de directores suplentes designando a las siguientes

personas, quienes durarán en sus cargos hasta la asamblea que considere los estados contables correspondientes

al ejercicio económico finalizado el 31/10/2021: Presidente y Director Titular: Marcelo Luis Chiaromonte; Directora

Suplente: Isabel Rosa Mastromarino. Los Sres. Marcelo Luis Chiaromonte e Isabel Rosa Mastromarino –presentes

en dicha asamblea- aceptaron los cargos y fijaron domicilio especial de acuerdo al siguiente detalle: (i) Marcelo

Luis Chiaromonte: Av. Las Heras 2484, Piso 11, Depto B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; (ii) Isabel Rosa

Mastromarino: Av. Libertador 2201, Piso 15, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A su vez, en la asamblea antes

rferida se resolvió incorporar el siguiente artículo al estatuto social: “ARTÍCULO DECIMO NOVENO: Las reuniones

de directores y asambleas de accionistas podrán celebrarse presencialmente o a distancia. Las reuniones a

distancia podrán celebrarse válidamente siempre que se cumpla con los siguientes recaudos: 1) la reunión deberá

efectuarse mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; 2) se debe garantizar

la libre accesibilidad de todos los participantes, informando en la convocatoria y en la comunicación legal o

estatutaria correspondiente -de manera clara y sencilla- cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el

modo de acceso a efectos de permitir dicha participación; 3) se debe garantizar la participación con voz y voto

de todos los integrantes del órgano respectivo, y del órgano de fiscalización en su caso; 4) la reunión deberá ser

grabada en soporte digital, y dicha grabación deberá ser conservada por el representante legal de la sociedad

por el término de 5 (cinco) años, a disposición de cualquier socio que la solicite; 5) la reunión celebrada deberá

ser transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron

y estar suscriptas por el representante legal”. Autorizado según instrumento privado acta de Asamblea de fecha

20/05/2020

Dolores Casares - T°: 123 F°: 985 C.P.A.C.F.

e. 02/10/2020 N° 43481/20 v. 02/10/2020