N° 45589/20 Aviso del Boletín Oficial
SUMITOMO CHEMICAL ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
SUMITOMO CHEMICAL ARGENTINA S.A.
CUIT 30-70052897-5. Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 06/10/2020 resolvió: (i) modificar la fecha
de cierre del ejercicio social fijando la misma el 31 de marzo de cada año y en consecuencia reformar el artículo
16° del Estatuto Social; (ii) reformar el Artículo 4° del Estatuto Social para incorporar actividades relacionadas
a la nutrición animal y la actividad veterinaria al objeto social, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tiene como objeto dedicarse por cuenta propia, de tercero y/o asociada a
terceros, a las siguientes actividades: a) Comercial: La compra, venta, importación, exportación y comercialización
en todas sus formas, de todo tipo de fungicidas, herbicidas, pesticidas, insecticidas, fertilizantes, materias
primas y productos para nutrición animal, productos farmacológicos y biológicos para uso veterinario y aditivos
destinados al segmento agropecuario y todo otro tipo de productos agroquímicos y fitosanitarios y todo producto
relacionado con la actividad agropecuaria, incluyendo la compra, venta, importación, exportación, producción y
comercialización de semillas y granos de cualquier tipo u otros productos o insumos agropecuarios relacionados.
b) El ejercicio u otorgamiento de representaciones, comisiones, consignaciones, mandatos, agencias y gestiones
de negocios, y la celebración de cualquier tipo de contrato o acuerdo referente a las actividades comerciales del
punto (a). c) Industrial: La producción y/o procesamiento de productos químicos, materias primas y fitosanitarios
destinados a la sanidad vegetal, animal o humana, nutrición animal o actividad veterinaria y la producción y/o
procesamiento de semillas, granos o productos derivados de la actividad agropecuaria. d) La Sociedad podrá
participar en la constitución de sociedades o adquirir participaciones en sociedades constituidas o a constituirse
en nuestro país y/o en el exterior. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para ejercer todos los
actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, e incluso para contraer empréstitos en forma
pública o privada mediante la emisión de debentures y obligaciones negociables, pudiendo asimismo otorgar
todo tipo de garantías, fianzas y/o avales respecto de obligaciones de terceros”; (iii) reformar los Artículos 11° y
12° para adecuarlos a la normativa vigente; y (iv) aprobar el texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado según
instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 06/10/2020
Pablo Gabriel Noseda - T°: 38 F°: 751 C.P.A.C.F.
e. 09/10/2020 N° 45589/20 v. 09/10/2020