N° 30718/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
El Juzgado Nacional de 1º Inst. en lo Comercial N° 23, a cargo del Dr. Fernando J. Perillo Juez Subrogante,
Secretaría Nº46 a mi cargo interinamente, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B., Capital Federal, hace saber que
con fecha 26/09/2020 se ha declarado la quiebra de COMMEDIA S.A. CUIT Nº 30-70927378-3 que tramita bajo el
Expte. N° 30718/2014, designándose a la sindicatura ctdra. María Susana Taboada, con domicilio en Ezeiza 2641
P2, of. “D” CABA, tel: 4572-4991, celular 15-5748-4407 mariasusanataboada4@gmail.com.Los acreedores deberán
presentar sus pedidos de verificación hasta el día 24/11/20, de la siguiente manera: aquéllos que vayan a actuar con
representación o patrocinio letrado, deberán subirlo en el expediente incidental N° 30718/2014/19, bajo la modalidad
“Contestación de demanda” que habilita el sistema lex100 utilizado por el Poder Judicial de la Nación; quienes
los hagan sin patrocinio o representación profesional, deberán enviarlo mediante correo electrónico personal -en
caso de tratarse personas humanas- u oficial de la empresa o personal de su representante legal -en caso de ser
una persona jurídica-, a la cuenta oficial del juzgado jncomercial23.sec46.virtual@pjn.gov.ar, identificando en el
“asunto” del correo electrónico el proceso concursal al que va dirigido, su número de expediente y el nombre del
acreedor. Deberá adjuntarse al pedido verificatorio un archivo descripto como “Arancel verificatorio” que contendrá
la constancia de transferencia del arancel previsto en el art. 32 LCQ a la cuenta de autos Libro784 Folio796 DV6,
identificada con la CBU 0290075900250078407966, cuando ello correspondiera. Se hace saber que la ausencia
de dicho comprobante, equivaldrá a que no siendo subsanada esa situación al momento del vencimiento del plazo
de verificación, se tenga por no presentado el pedido verificatorio y no vaya a ser considerado por el juzgado. Cada
acreedor deberá denunciar una dirección de correo electrónico y teléfono de contacto. Las demás formalidades
que deberá contener el pedido verificatorio, de acuerdo a lo resuelto el 26/09/2020, deberán obtenerse a través
del sistema de consulta de causas del Poder Judicial de la Nación (https://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam) con el
número del expediente. Consultas sobre la modalidad verificatoria no presencial dirigirlas al síndico. Los informes
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.496 - Segunda Sección 112 Miércoles 14 de octubre de 2020
de los arts. 35 y 39 ley 24.522 serán presentados los días 11/02/2021 y 31/03/2021 respectivamente. Publíquese
el presente por 5 días sin previo pago de arancel de acuerdo a lo establecido en el art. 273 inciso 8º LCQ. Buenos
Aires, de Octubre de 2020. Fernando J. Perillo Juez - Diego M. Parducci Secretario Interino
e. 07/10/2020 N° 44717/20 v. 14/10/2020