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N° 31/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32

Edictos Judiciales viernes, 16 de octubre de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 16 a cargo del Dr. Fernando G. D´ Alessandro, Sec.

32 a mi cargo, sito en Callao 635, PB, de CABA comunica que se procedió a la reprogramación de fechas de la

quiebra de DELHINUR SRL decretada con fecha 21/2/2019. Exp. 28076/2018, CUIT: 30-71448526-8. El síndico

designado es Julio R. De Mendonca, con domicilio Lavalle 1619 pio 3ro B, CABA, ante quien los acreedores deberán

presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el 19/11/2020. En el marco de la excepcional situación de

emergencia sanitaria se adecuó el procedimiento de verificación tempestiva del siguiente modo: las solicitudes

de verificación, observaciones y comprobante del pago del arancel deberán enviarse por correo electrónico a

ctdjuliomen@hotmail.com, CEL1541932377). El arancel debe pagarse por transferencia al CBU que informe el

síndico para tales efectos. Los correos electrónicos deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto de

apertura que puede ser consultado en el sitio web del PJN.gov.ar. Los documentos informáticos acompañados

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.498 - Segunda Sección 132 Viernes 16 de octubre de 2020

deberán ajustarse a lo establecido en la Acordada N° 31/20 CSJN. La documentación que se digitalice y acompañe

al pedido de verificación se le conferirá verosimilitud, en cuanto a su existencia y contenido, siempre y cuando se

encuentre acompañada de la declaración jurada prestada por los insinuantes en la misma demanda de verificación

sobre su existencia, posesión y correspondencia con la original y bajo su responsabilidad, pudiendo el Juzgado

requerir su exhibición cuando lo entendiera necesario para resolver cualquier cuestión. Deberá denunciarse junto

con la información que exige la LCQ: 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la

sindicatura pueda comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ: 33. Dentro de las 24 horas de vencido

el plazo previsto por la LCQ: 32 y a los fines previstos por la LCQ: 34, el síndico presentará en el incidente nro.

28076/2018/1, las insinuaciones recibidas para que la deudora y demás acreedores tomen conocimiento a los

efectos de la norma citada. e) Las observaciones deberán ser también enviadas al correo electrónico informado

por la sindicatura dentro del plazo previsto por la LCQ: 34 conforme las pautas dispuestas en el auto de apertura.

Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ, deberán presentarse los días 11/2/2021 y 26/3/2021. Publíquese

por dos días en el Boletín Oficial sin previo pago. Buenos Aires, 13 de octubre de 2020. Fernando D´Alessandro

Juez - Pedro Manuel Crespo Secretario Interino

e. 15/10/2020 N° 46595/20 v. 16/10/2020