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N° 31864/20 Aviso del Boletín Oficial

BERMUDEZ TREE SOLUTIONS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 20 de octubre de 2020

Texto del aviso

BERMUDEZ TREE SOLUTIONS S.R.L.

Rectifica Aviso Nº 31864/20 del 12/08/2020.Se hace saber que por instrumento complementario de fecha

14/10/2020 se reformo el contrato constitutivo de BERMUDEZ TREE SOLUTIONS S.R.L.. de fecha 07/08/2020 en

su artículo tercero. Objeto: “La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia y/o ajena y/o asociada con

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.501 - Segunda Sección 17 Martes 20 de octubre de 2020

terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la prestación de servicios de mantenimiento en general de edificios y/o

centros comerciales y/o fábricas y/o plantas así como también de las instalaciones existentes en dichos lugares.

Para ello la sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país y/o en

el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las

actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas

humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario, celebrar contratos de colaboración, importar y/o exportar, comprar,

vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones

financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o

ahorro público”, y el artículo cuarto. Capital: “El capital social se fija en la suma de Pesos cien mil ($ 100.000),

dividido en diez mil (10.000) cuotas de pesos diez ($ 10) valor nominal cada una, con derecho a un voto por cada

cuota”. Con fecha 14/10/2020 se reemplazó la integración efectuada 07/08/2020 y se integro en un 100% en

efectivo de la siguiente manera: El Sr. FRANKLIN RAFAEL BERMUDEZ FERSACA suscribe cinco mil (5.000) cuotas

equivalentes a pesos cincuenta mil ($ 50.000) y el Sr. BRAYAN GABRIEL RAFAEL BERMUDEZ MOYA, suscribe

cinco mil (5.000) cuotas equivalentes a pesos cincuenta mil ($ 50.000). Carolina Canziani Aguilar. Autorizada por

Contrato de Constitución de fecha 7/08/2020.

Autorizado según instrumento privado contrato constitutivo de fecha 07/08/2020

Carolina Canziani Aguilar - T°: 78 F°: 680 C.P.A.C.F.

e. 20/10/2020 N° 47804/20 v. 20/10/2020