N° 48920/20 Aviso del Boletín Oficial
DELIVERY HERO STORES S.A.S.
Texto del aviso
DELIVERY HERO STORES S.A.S.
CUIT: 30-71678440-8. Comunica que por Acta N° 13 de Reunión de Socios Autoconvocada de fecha 14 de agosto
de 2020 se resolvió modificar el artículo tercero (Objeto) del Estatuto Social de la Sociedad, el cual queda redactado
del siguiente modo: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.503 - Segunda Sección 34 Jueves 22 de octubre de 2020
ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación,
transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación
de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de
servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (i) compra, venta, fabricación,
distribución, exportación, importación y comercialización (minorista y mayorista), a través de todos los medios y
en especial de internet, de todo tipo de bienes, incluyendo sin limitación: (a) artículos electrónicos; (b) productos
sanitarios, (c) cosméticos, (d) perfumes, (e) artículos de tocador, (f) productos de limpieza, (g) artículo de almacén;
(h) golosinas, (i) alimentos no perecederos, (j) bebidas envasadas; (k) calzado, (l) indumentaria; (m) bebidas, con
y sin alcohol; (n) tabaco; (o) carne empacada, enfriada y congelada, y (p) cualquier otro producto de venta al
público; (ii) almacenamiento, recepción y empaquetado de los productos a comercializarse; (iii) elaboración de
alimentos frescos para la venta minorista en el día, tales como panificados, café, sándwiches y afines. A los fines
de cumplir con su objeto social, la sociedad obtendrá todos los permisos que resulten necesarios de conformidad
con la normativa aplicable, nacional, provincial y municipal. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para
realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y
contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar
inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos
de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar
toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra
que requiera el concurso y/o ahorro público.” Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha
14/08/2020
Julieta Lopez Ayechu - T°: 130 F°: 745 C.P.A.C.F.
e. 22/10/2020 N° 48920/20 v. 22/10/2020