N° 1557/2019 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 17, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3° piso CABA,
a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría Nro. 34, a mi cargo, hace saber, por el término de cinco días, que el
10.03.20 se decretó la quiebra de FASHION ERES S.A (CUIT N° 30 71096237-1), expediente N° 1557/2019. El síndico
designado es el Cdr. Alejandro Larcade, con domicilio electrónico 20304627558 y domicilio procesal en Lavalle
1619 piso 3° “B” (teléfono: 4373-3604, 156-847-7105 Mail: alejandro.larcade@gefco.com.ar). Hágase saber a los
acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos
de los mismos antes del 21.12.20. Se deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante
correo electrónico a alejandro.larcade@gefco.com.ar en formato PDF; Los aludidos instrumentos deberán ser
suscriptos con firma electrónica o digital, o bien -llegado el caso- ológrafa previamente impuesta sobre las piezas
en cuestión, haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada,
con todas las consecuencias que ello implica. La fecha del envío del correo electrónico pertinente, valdrá como
fecha de presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del
arancel previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente. Para su pago,
deberá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta denunciada en autos. A los fines de garantizar el
derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art. 200 de la ley 24.522, los interesados podrán requerir copia de
los legajos formados con las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de
formular observaciones, deberán atenerse -a los fines de su presentación- a las modalidades precedentemente
dispuestas. El 08.03.21 y el 22.04.21 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q. Intimar al
fallido y a terceros para que entreguen al síndico, los bienes de aquél, prohibir la realización de pagos al mismo,
los cuales serán ineficaces. Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que dentro de las 24
hs del auto de quiebra entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la
contabilidad. Buenos Aires, 20 de octubre del 2020.
FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 23/10/2020 N° 49328/20 v. 29/10/2020