N° 49798/20 Aviso del Boletín Oficial
COCA-COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A.
Texto del aviso
COCA-COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A.
Coca-Cola Femsa de Buenos Aires S.A.: CUIT 30-52539008-6. Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria
N° 930 de fecha 01/10/2020 y distribución de cargos aprobada por reunión de directorio de la misma fecha,
el directorio de la sociedad quedó conformado de la siguiente manera: Presidente: Javier Sánchez Carranza;
Vicepresidente: Carolina Pawlowski; Directores Titulares: Alejandra María Stavrou, Nazarena Romanello, Germán
Guillermo Pennimpede, Pablo Alberto Nietto. Los directores designados aceptaron los cargos conferidos,
suscribiendo el acta al pie. Asimismo, resolvieron constituir domicilio especial a los efectos de lo dispuesto por
el artículo 256 de la ley 19.550 en Amancio Alcorta 3570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mediante la misma
Asamblea, se aprobó: (i) la modificación del artículo 10 del estatuto social de acuerdo al siguiente texto: “ARTICULO
10: Las convocatorias para las sesiones del directorio serán firmadas por el presidente o el vicepresidente de
manera indistinta, y deberán entregarse personalmente o por cualquier otro medio permitido por la ley, a cada
director con por lo menos 10 (diez) días de anticipación a la fecha de sesión, excepto conforme se establece
en la siguiente oración. Cualquiera de los directores podrá solicitar que se celebre una sesión del directorio, en
cuyo caso, el presidente deberá convocar dicha sesión para que se celebre dentro de los cinco días siguientes
a la recepción de dicha solicitud, debiendo incluir el orden del día solicitada por dicho director. El directorio
sesionará por lo menos cada tres meses y de toda sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por los
directores asistentes a la sesión respectiva”; (ii) incorporar el siguiente artículo al estatuto social: “ARTÍCULO 11:
Las reuniones de directores y asambleas de accionistas podrán celebrarse presencialmente o a distancia. Las
reuniones a distancia podrán celebrarse válidamente siempre que se cumpla con los siguientes recaudos: 1) la
reunión deberá efectuarse mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video;
2) se debe garantizar la libre accesibilidad de todos los participantes, informando en la convocatoria y en la
comunicación legal o estatutaria correspondiente -de manera clara y sencilla- cuál es el medio de comunicación
elegido y cuál es el modo de acceso a efectos de permitir dicha participación; 3) se debe garantizar la participación
con voz y voto de todos los integrantes del órgano respectivo, y con voz del órgano de fiscalización; 4) la reunión
deberá ser grabada en soporte digital, y dicha grabación deberá ser conservada por el representante legal de
la sociedad por el término de 5 (cinco) años, a disposición de cualquier accionista que la solicite; 5) la reunión
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.505 - Segunda Sección 7 Lunes 26 de octubre de 2020
celebrada deberá ser transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas
que participaron y estar suscriptas por el representante legal”; y (iii) la remuneración de los artículos 11° a 19° del
estatuto social, que pasaron a ser los artículos 12° a 20°, conservando su orden actual entre sí. Autorizado según
instrumento privado acta de Asamblea de fecha 01/10/2020
Dolores Casares - T°: 123 F°: 985 C.P.A.C.F.
e. 26/10/2020 N° 49798/20 v. 26/10/2020