N° 50181/20 Aviso del Boletín Oficial
EMPRENDIMIENTOS RIVER SIDE S.A.
Texto del aviso
EMPRENDIMIENTOS RIVER SIDE S.A.
Constitución por escritura del 13/08/2020. 1) Eduardo Andrés POUYAU, DNI 8.076.703,31/08/1949, viudo,
ingeniero, Avenida Del Libertador 5386, Piso 5°, Departamento “52”, CABA; Susana Beatriz BOSOER, DNI
5.691.083, 07/12/1947, arquitecta, divorciada, Cuba 1873, Piso 4°, Departamento “A”,CABA; ambos argentinos.
2) Salguero 2745, Piso 3°,CABA. 3) La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o
asociada a terceros y/o en representación de sociedades extranjeras en el país y/o en el extranjero a las siguientes
actividades: a) Construcción de edificios por el régimen de propiedad horizontal, y en general, la construcción y
compraventa de todo tipo de inmuebles, la construcción de todo tipo de obras civiles, navales, público o privado,
sea a través de contrataciones directas o de licitaciones. Construcción de estructuras y/o infraestructuras de todo
tipo, demoliciones y construcciones civiles. Construcción de casas, desarrollo de casas de campo, country y todo
otro tipo de construcción. La construcción de viviendas, puentes. b) Consultora sobre todo tipo de construcción de
obras civiles públicas y/o privadas, materiales, herramientas y personal de construcción. c) El gerenciamiento de
proyectos y emprendimientos inmobiliarios, desarrollos urbanísticos; la planificación, evaluación, programación,
formulación, desarrollo, implementación, mantenimiento, administración, coordinación, supervisión, gestión,
organización, dirección y ejecución en el manejo de dichos negocios relacionados con los bienes raíces, incluyendo
-sin limitación- bajo las figuras de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios en sus más variadas formas y tipos,
tiempo compartido y demás figuras jurídicas semejantes; la explotación de marcas, patentes, métodos, fórmulas,
licencias, tecnologías, know-how, modelos y diseños; la comercialización y explotación en todas sus formas,
sea por compra, venta, permuta, comodato, leasing, cesión fiduciaria, consignación, representación, almacenaje,
fraccionamiento, subdivisión, loteo, administración, distribución, arrendamiento e intermediación de bienes
inmuebles, muebles y servicios relacionados con dicho gerenciamiento; la constitución y aceptación de todo tipo
de derechos reales vinculados con inmuebles, entre ellos usufructo, uso, habitación, servidumbres y superficie; el
otorgamiento de avales, garantías y/o fianzas a favor de sociedades controladas y/o vinculadas, como así también
hipotecas, prendas o anticresis respecto de sus propias obligaciones; el estudio, planificación, proyección,
asesoramiento, construcción y/o ejecución de todo tipo de obras privadas y/o públicas, nacionales, provinciales
y/o municipales, en inmuebles propios o de terceros, cualquiera sea su destino, incluyendo, sin que ello implique
limitación, inmuebles rurales, urbanos para vivienda, edificios, oficinas, locales, plantas, barrios, urbanizaciones,
caminos, obras de ingeniería y/o arquitectura en general, depósitos o instalaciones para fines comerciales o
industriales, o para viviendas; y la explotación total o parcial de los mismos como centros comerciales, clubes
de campo, complejos de viviendas o de otro tipo, countries o barrios cerrados, clubes o instalaciones deportivas
o náuticas, u otro tipo de establecimientos civiles, industriales o comerciales, públicos o privados, en el país o
en el exterior; administrar los mismos, efectuar planos y proyectos, intervenir en licitaciones de obras públicas o
privadas, y hacerse cargo de obras comenzadas; importación y exportación de máquinas, herramientas, equipos
y materiales para la construcción, y toda actividad creada o a crearse relacionada específicamente con la industria
de la construcción. La sociedad en general podrá dedicarse a la construcción, administración y desarrollo de los
negocios, fideicomisos y empresas vinculadas a las actividades de su objeto, quedando expresamente excluido el
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.506 - Segunda Sección 9 Martes 27 de octubre de 2020
asesoramiento en las materias y/o actividades que de conformidad con las disposiciones legales vigentes, deban ser
realizadas por profesionales con título habilitante. d) Obras y Servicios Públicos: La organización, mantenimiento,
operación, realización y prestación de obras y servicios públicos o concesiones de obras o servicios públicos
de cualquier naturaleza, incluyendo, sin que implique limitación, aquellos vinculados o que comprendan en todo
o parte actividades de las indicadas en el presente Artículo. Toda actividad que en virtud de la materia haya
sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de estos. Para el cumplimiento
de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. 4) 99
años. 5) $ 100.000, SUSCRIPCIÓN DEL CAPITAL: Eduardo Andrés POUYAU suscribe 95.000 acciones ordinarias,
nominativas, no endosables, de un voto y $ 1 valor nominal cada acción y Susana Beatriz BOSOER suscribe 5.000
acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un voto y $ 1 valor nominal cada acción. 6) Administración 1
a 3 miembros por 3 ejercicio. Presidente a Eduardo Andrés POYAU y a Susana Beatriz BOSOER como Directora
Suplente, ambos con domicilio especial en la sede. 7) Representación legal presidente. 8) Quórum y mayorías
según artículos 243 y 244 ley 19550. 9) Cierre de ejercicio 30/11. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 2102 de fecha 13/08/2020 Reg. Nº 501
paula soledad Casuscelli - T°: 121 F°: 83 C.P.A.C.F.
e. 27/10/2020 N° 50181/20 v. 27/10/2020