N° 50301/20 Aviso del Boletín Oficial
10 CABEZAS S.A.S.
Texto del aviso
10 CABEZAS S.A.S.
30-71615254-1 - Por reunión del Órgano de Gobierno de fecha 20/09/2019 se resuelve: (i) aceptar el aporte en
efectivo de los socios por un total de $ 480.000; (ii) aumentar el capital social en la suma de $ 480.000, es decir,
de $ 20.000 a $ 500.000; (iii) emitir 480.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de UN PESO valor
nominal cada una de ellas, con derecho a un voto por acción; (iv) dejar constancia que el aumento de capital
se encuentra suscripto y totalmente integrado por ambos socios en proporción a sus tenencias accionarias; (v)
reformar el artículo cuarto del Estatuto social de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital
Social es de $ 500.000 (quinientos mil), representando por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de
$ 1 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado
por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales
correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión
de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo
o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las
ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada
acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas
podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de
la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz.”
Autorizado según instrumento privado Acta Órgano de Gobierno de fecha 20/09/2019
Mariano Antonio Macedo Moresi - T°: 113 F°: 962 C.P.A.C.F.
e. 28/10/2020 N° 50301/20 v. 28/10/2020