N° 52542/20 Aviso del Boletín Oficial
DE SANGOSSE LATIN AMERICA S.A.
Texto del aviso
DE SANGOSSE LATIN AMERICA S.A.
CUIT 30-70814368-1. Por acta de Asamblea del 09/06/2020 se resolvió modificar el objeto social por lo que se
reformó el Artículo Cuarto del Estatuto Social que quedó redactado de la siguiente manera: ARTICULO CUARTO:
La sociedad tiene como objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera
de la República Argentina, a las siguientes actividades: a) La fabricación, elaboración, producción, compra, venta,
almacenaje, envasado, reenvasado, registro, distribución, transporte, comercialización, importación, exportación
y/o depósito de toda clase de productos y subproductos agrícolas y pecuarios, productos químicos y agroquímicos,
fertilizantes, aditivos, coadyuvantes de amplio uso, semillas y aditivos y coadyuvantes de tecnología para uso
en vegetales frescos, congelados y en cualquier otro producto de origen vegetal, así como de otros insumos
para la actividad agropecuaria, sus derivados y afines; b) La fabricación, elaboración, producción, compra, venta,
almacenaje, envasado, reenvasado, registro, distribución, transporte, comercialización, importación, exportación
de toda clase de productos químicos para el control de plagas, como así también cualquier otra actividad
relacionada, directa o indirectamente con este negocio; c) La inversión de capitales en empresas constituidas o a
constituirse relacionadas con su objeto social; el otorgamiento de garantías y créditos para actividades relacionadas
con su objeto social; la participación en otras sociedades, UTEs, consorcios y/o similares, relacionadas con su
objeto social y la adquisición, enajenación y transferencia de títulos y valores mobiliarios en general, nacionales y/o
extranjeros relacionadas con su objeto social. Se excluyen las operaciones comprendidas por la ley de entidades
financieras y por toda otra que requiera el concurso público. A los fines indicados podrá la sociedad efectuar
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.513 - Segunda Sección 9 Miércoles 4 de noviembre de 2020
sin limitación alguna todos los actos y operaciones que directa o indirectamente sean conducentes a sus fines
o convenientes para conseguir su objeto. Por consiguiente la sociedad para cumplimiento de sus finalidades,
tendrá plena capacidad legal y podrá realizar todos y cualesquiera de los actos jurídicos permitidos por las leyes.
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 09/06/2020
Martin Corraro - T°: 134 F°: 317 C.P.A.C.F.
e. 04/11/2020 N° 52542/20 v. 04/11/2020