N° 54432/20 Aviso del Boletín Oficial
HALLIBURTON ARGENTINA S.R.L.
Texto del aviso
HALLIBURTON ARGENTINA S.R.L.
CUIT: 30-50361098-8. Comunica que por Reunión de Socios celebrada por sus dos socios, Halliburton Affiliates
LLC y Halliburton Group Canada, de fecha 20.12.2019, se resolvió aumentar el capital social en la suma de
$ 15.022.980.000, llevándolo de la suma de $ 9.347.859.810 a la suma de $ 24.370.839.810, reformando en
consecuencia, el artículo cuarto de su Contrato Socia quedando redactado de la siguiente forma: “CUARTO:
El capital social se fija en la suma de AR$ 24.370.839.810 (Pesos veinticuatro mil trescientos setenta millones,
ochocientos treinta y nueve mil ochocientos diez), representado en 2.437.083.981 cuotas de diez pesos ($ 10) de
valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota, de las cuales, 2.288.023.981 son cuotas de Clase A
Ordinarias y 149.060.000 son cuotas de Clase B Preferidas. La preferencia de las cuotas de Clase B Preferidas
consiste en la percepción de un dividendo fijo no acumulativo anual equivalente al 11% (once por ciento) del
porcentaje que las Cuotas Preferidas representen sobre la totalidad del capital social a la fecha de aprobación del
pago de dividendos por Reunión de Socios o Acuerdo de Socios (la “Preferencia”). La Preferencia será determinada
sobre el importe total aprobado como dividendo y: (i) será deducida de la porción de los dividendos que corresponda
a las Cuotas Ordinarias, conforme a la participación que estas representan sobre la totalidad del capital social y;
(ii) adicionado a los dividendos que correspondan a las Cuotas Preferidas, conforme a la parlicipaci6n que estas
representen sobre la totalidad del capital social. La Preferencia así determinada respecto de cada aprobación
de dividendos se aplicará al pago efectivo de la totalidad del importe aprobado como dividendo y no se alterará
por modificaciones posteriores que pudieran presentarse en la relación entre las Cuotas Ordinarias y Preferidas.
Tanto las Cuotas Ordinarias como las Preferidas tendrán derecho de suscripción preferente en futuros aumentos
de capital. Las Cuotas Preferidas no tendrán derecho de acrecer sobre la porción que correspondiera a las cuotas
ordinarias.” Autorizado según instrumento privado Libro de Reunión de Socios de fecha 20/12/2019
Alejandro Javier Vidal - T°: 59 F°: 201 C.P.A.C.F.
e. 11/11/2020 N° 54432/20 v. 11/11/2020