N° 55554/20 Aviso del Boletín Oficial
AEROLINEAS ARGENTINAS S.A.
Texto del aviso
AEROLINEAS ARGENTINAS S.A.
CUIT N° 30-64140555-4, IGJ 1.529.131. Hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de
Accionistas de fecha 20/10/2020, y en virtud de la absorción por fusión de AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS-CIELOS
DEL SUR S.A. (Sociedad Absorbida) por parte de AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (Sociedad Absorbente), se
resolvió: (i) modificar la Cláusula Sexta del Estatuto Social, la cual queda redactada del siguiente modo: “SEXTA:
Las acciones serán de $ 100 valor nominal cada una, escriturales, ordinarias o preferidas. Las acciones ordinarias
dan derecho a cinco (5) votos por acción. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. Las
acciones se inscribirán en cuentas llevadas a nombre de sus titulares en un registro de acciones escriturales.
El registro de acciones escriturales será llevado por la Sociedad y/o por bancos comerciales y/o de inversión
y/o cajas de valores y/u otras instituciones autorizadas, según lo resuelva el Directorio. Las acciones ordinarias
serán de Clase A, B, C y D. Las acciones ordinarias Clase A y las acciones ordinarias Clase B dan derecho a la
elección de un (1) director titular y un (1) director suplente por cada Clase. Las acciones Clase C darán derecho
a la elección de dos (2) directores titulares y dos (2) directores suplentes. Las acciones ordinarias Clase D dan
derecho a la elección de un (1) director titular y un (1) director suplente mientras esa Clase sea titular de acciones
que representen, al menos, el 6% del capital social y mantengan esa proporción en futuras emisiones de acciones.
En caso de que no se cumpliera la condición antes indicada, los accionistas titulares de acciones de la Clase A,
Clase B, Clase C y Clase D, en conjunto y en Asamblea General, elegirán, además de la cantidad de directores
que están habilitados a elegir conforme este Estatuto, un (1) director titular y un (1) director suplente adicional”; (ii)
modificar la Cláusula Décima del Estatuto Social en relación al régimen y procedimiento aplicable a la transferencia
de acciones de la Sociedad; (iii) modificar la Cláusula Décimo Quinta del Estatuto Social en relación a la emisión de
bonos de goce, bonos de participación y acciones de la Sociedad; (iv) modificar la Cláusula Vigésimo Segunda del
Estatuto Social, la cual queda redactada del siguiente modo: “VIGESIMO SEGUNDA: La dirección y administración
de la sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por hasta cinco (5) directores titulares y hasta cinco (5)
directores suplentes, elegidos por el término de un (1) ejercicio social, pudiendo ser reelegidos sin limitación.
La elección de los miembros del Directorio se efectuará por Clases de acciones conforme se reglamenta en la
cláusula vigésimo tercera y sexta. La remoción se hará por la Asamblea Especial de accionistas de la Clase, salvo
los casos de los Artículos 264 y 276 de la Ley General de Sociedades. Para ser director titular o suplente se requiere
tener como mínimo treinta (30) años de edad, contar preferentemente con (i) título universitario o terciario (con
especialización en las áreas de logística, ciencias económicas, administración de empresas, ingeniería, auditoría,
derecho, relaciones laborales, recursos humanos o turismo) o (ii) licencia habilitante como piloto comercial, y
acreditar experiencia en cargos de director o gerenciales en empresas u organismos, públicos o privados, o
como comandante de vuelos comerciales, por no menos de tres (3) años. Sus funciones serán remuneradas. La
Asamblea fija la remuneración del Directorio, pudiendo autorizar que se le distribuyan anticipos a cuenta de los
honorarios que la Asamblea que considere el balance de ejercicio en cuestión les fije”; (v) modificar la Cláusula
Vigésimo Tercera del Estatuto Social, la cual queda redactada del siguiente modo: “VIGESIMO TERCERA: Del
total de hasta cinco (5) miembros titulares del Directorio y hasta cinco (5) suplentes, un (1) director titular y un (1)
director suplente será elegido por los accionistas que representan la Clase A de acciones; un (1) director titular y
un (1) director suplente será elegido por los accionistas que representen la Clase B; dos (2) directores titulares y
dos (2) directores suplentes serán elegidos por los accionistas que representan la Clase C; y un (1) director titular y
un (1) director suplente será elegido por los accionistas que representen la Clase D, mientras esa Clase sea titular
de acciones que representen, al menos, el 6% del capital social y mantengan esa proporción en futuras emisiones
de acciones. En caso de que no se cumpliera la condición antes indicada, para la elección del quinto (5°) director,
deberá cumplirse con lo previsto en la Cláusula Sexta del presente Estatuto. Las vacantes que se produzcan en el
Directorio se llenarán por los suplentes que correspondan al director titular elegido por la o las Clases respectivas
del modo y en el orden establecido al tiempo de su elección. En caso de que se produzca ausencia permanente
por razón de renuncia, incapacidad, inhabilidad o fallecimiento, previa aceptación de la renuncia, en su caso, el o
los suplentes correspondientes, según lo antes establecido, reemplazarán al director titular que hubiere generado
la vacante en forma automática, ante la mera inasistencia del titular y sin necesidad de previa resolución del
Directorio, salvo el antedicho caso de renuncia. Los directores titulares y suplentes serán designados por voto
mayoritario dentro de cada Clase de acciones A, B, C y de corresponder D, sesionando en Asamblea Especial
de cada una de dichas Clases. Las Asambleas Especiales de accionistas de la Clase correspondiente sesionarán
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.521 - Segunda Sección 4 Viernes 13 de noviembre de 2020
con sujeción al quórum y mayorías determinados por el Artículo 250 de la Ley General de Sociedades dentro de
la Asamblea General. A estos efectos, luego de puesto en consideración el punto del orden del día que trate de la
designación de directores titulares y suplentes, la Asamblea General se interrumpirá para permitir que, a renglón
seguido, cada una de las respectivas Asambleas Especiales de Clase sesione en simultáneo para designar a
los respectivos directores titulares y suplentes a elegir por la respectiva Clase de acciones. No está permitida
la elección por voto acumulativo dentro de las Asambleas Especiales de Clase. Cuando la Asamblea Especial
de Clase se deba reunir para designar al reemplazante de un director titular designado por ella durante el curso
del término para el que fue designado por haberse agotado los directores suplentes de esa Clase, la misma
podrá ser convocada por el Directorio sin necesidad de convocar a una Asamblea General. En virtud de haberse
previsto la elección de los directores por Clases de acciones, mientras se mantenga la existencia de Clases de
acciones, no será de aplicación el procedimiento de elección de directores por voto acumulativo en las Asambleas
Generales que deban celebrarse conforme lo establecido precedentemente, todo con arreglo a las previsiones de
los Artículos 262 y 263 de la Ley General de Sociedades”; (vi) modificar la Cláusula Vigésima Séptima del Estatuto
Social en relación a la garantía a ser prestada por los Directores; (vii) modificar la Cláusula Trigésima Séptima del
Estatuto Social, en relación al derecho de veto y la protección de los intereses de los accionistas tenedores de
distintas Clases de acciones; (viii) modificar la Cláusula Trigésimo Novena y la Cláusula Cuadragésima Primera del
Estatuto Social, en relación al Programa de Propiedad Participada a efectos de incorporar el régimen proveniente
del Estatuto de Austral Líneas Aéreas-Cielos del Sur S.A.; (ix) modificar la Cláusula Cuadragésimo Quinta del
Estatuto Social, en relación al derecho a percibir acciones correspondientes a los dividendos en acciones y a la
capitalización de reservas y saldos de revalúos; y (x) modificar la Cláusula Cuadragésimo Novena del Estatuto
Social, en relación a las notificaciones a los accionistas y sus representantes.
Designado según instrumento privado acta directorio de fecha 13/12/2019 Luis Pablo ceriani - Presidente
e. 13/11/2020 N° 55554/20 v. 13/11/2020