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N° 56854/20 Aviso del Boletín Oficial

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO S.A.P.E.M.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de noviembre de 2020

Texto del aviso

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO S.A.P.E.M.

CUIT 30-66350282-0 Por Asamblea del 27/08/20 la sociedad resolvió modificar el Artículo 4° del Estatuto Social

el cual quedó redactado de la siguiente manera: Artículo 4: El objeto de la sociedad es diseñar, organizar,

promover y realizar actividades de asistencia técnica, asesoría, capacitación, complementación, entrenamiento,

especialización, formación y recalificación de recursos humanos, fortalecimiento organizacional y resguardo

documental en materia ferroviaria. A tal efecto, la sociedad podrá por sí o a través de terceros, a título gratuito u

oneroso, a nivel nacional e internacional, diseñar, organizar, promover y realizar cursos, seminarios, congresos,

conferencias, talleres, especializaciones, certificaciones, proyectos de investigación, actividades y, en general,

cualquier instancia de capacitación, especialización, formación o perfeccionamiento; colaborar, facilitar, otorgar,

promover y realizar tareas de asistencia técnica, cooperación, consultoría, investigación y vinculación científico

tecnológica. Será el órgano rector en todo lo relacionado con la capacitación del personal ferroviario ejerciendo

la vinculación con los organismos nacionales e internacionales y responsable de difundir la cultura ferroviaria,

desarrollar actividades vinculadas con la museología y la preservación del patrimonio histórico de los ferrocarriles

que se le asigne y custodiar, archivar y digitalizar la documentación ferroviaria. Tendrá a su cargo el Centro

Nacional de Capacitación Ferroviaria, el Archivo General de Ferrocarriles y el Museo Nacional Ferroviario “Raúl

Scalabrini Ortiz”. Asimismo podrá asumir por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros la explotación

de recorridos ferroviarios con fines turísticos o históricos que se le asignen, así como sus actividades colaterales,

complementarias y subsidiarias; incluyendo el mantenimiento del material rodante y la infraestructura, para lo

cual podrá desarrollar todas las acciones que resulten necesarias o convenientes para la mejor realización de sus

funciones, llevando a cabo los actos de administración o disposición que sean precisos para el cumplimiento de las

mismas, incluso mediante la participación en sociedades o empresas tanto estatales como privadas, provinciales o

municipales, ya sean nacionales o extranjeras, con sujeción a lo dispuesto en la legislación vigente. También podrá

desarrollar, producir y reproducir contenidos sobre tecnología de la información y de la comunicación y efectuar

la gestión de los recursos humanos ferroviarios que se le encomienden. El listado precedente es meramente

ejemplificativo y la sociedad podrá realizar todos los actos y actividades que sirvan para la mejor consecución de

su objeto social. Autorizado según instrumento privado Nota GDE de fecha 10/11/2020

Santiago Enrique Zavalia - T°: 92 F°: 889 C.P.A.C.F.

e. 19/11/2020 N° 56854/20 v. 19/11/2020