N° 57875/20 Aviso del Boletín Oficial
DEL ROJO S.R.L.
Texto del aviso
DEL ROJO S.R.L.
Inst. privado. 19/11/20: GABRIELA SUSANA LAZZERI, argentina, 13/6/1964, casada, kinesióloga, CUIL
27169730461, DNI 16973046, RODRIGO BAGAZGOITIA LAZZERI, argentino, 24/1/1990, soltero, empleado, CUIL
20351176947, DNI 35117694, y LUCILA BAGAZGOITIA LAZZERI, argentina, 20/12/1994, soltera, empleada, CUIL
27386146786, DNI 38614678, todos con domicilio en Alfredo R. Bufano 716 piso 1 de CABA. Constituyeron, 1)
DEL ROJO S.R.L, domicilio Ciudad Autónoma Buenos Aires. 2) 99 años desde Inscripción en IGJ. 3) Objeto:
explotación de todo tipo de negocios gastronómicos, como ser restaurantes, pizzerías, rosticerías, confiterías,
panaderías, pastelerías, bares, bares temáticos, casas de lunch y/o recepciones, copetines al paso, heladerías,
marisquerías, parrilla y casas de comidas, kioscos, con o sin expendio de bebidas alcohólicas y/o sin alcohol,
en locales propios, alquilados y/o concesionados por entidades públicas o privadas. Complementariamente a
la actividad gastronómica, podrá organizar, producir y/o realizar eventos reuniones empresariales, culturales,
artísticas y/o de juegos de salón, dentro y/o fuera de sus locales comerciales, pudiendo alquilar a terceros los
locales para dichas reuniones y eventos. 4) 50.000 divido en 5.000 cuotas de $ 10 cada una y con derecho a 1 voto
por cuota. Gabriela Susana Lazzeri suscribe 4500 cuotas e integra $ 11250. Rodrigo Bagazgoitia Lazzeri suscribe
250 cuotas e integra $ 625, Lucila Bagazgoitia Lazzeri suscribe 250 cuotas e integra $ 625,. 5) Administración y
Representación y Firma Social: gerencia indistinta por el término de duración de la sociedad; Gerente: Gabriela
Susana Lazzeri, Gerentes Suplentes: Rodrigo Bagazgoitia Lazzeri y Lucila Bagazgoitia Lazzeri. Con domicilio
especial en sede social. 6) Cierre ejercicio 31/12 cada año 7) Sede: Donato Alvarez 900 CABA. Autorizado según
instrumento privado CONTRATO de fecha 10/11/2020
Lorena Laura Fabris - T°: 66 F°: 962 C.P.A.C.F.
e. 24/11/2020 N° 57875/20 v. 24/11/2020