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N° 57663/20 Aviso del Boletín Oficial

PAY PER TIC S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 24 de noviembre de 2020

Texto del aviso

PAY PER TIC S.A.

CUIT: 30-71440532-9 Por asamblea ordinaria y extraordinaria del 02/07/2020 se modifico el objeto social quedando

redactado el mismo de la siguiente manera: Brindar servicios informáticos de recaudación y/o pago por cuenta

y orden de terceros con todos los medios de pago manuales o electrónicos para procesar pagos en efectivo,

cheques, transferencias entre cuentas bancarias, tarjetas de crédito o débito y otros medios de pago nacionales

o internacionales o incluso otras formas que puedan existir en el futuro para la recaudación de todo tipo de

pagos principalmente periódicos o recurrentes tales como impuestos, tasas y contribuciones, servicios públicos,

suscripciones, abonos, cuotas sociales, servicios adicionales especiales, ventas de productos, donaciones y

eventos tanto para entidades públicas o privadas, con o sin fines de lucro, mediante el uso de cuentas bancarias

y números de establecimiento de la sociedad, y con números de establecimiento y/o cuentas de la propia entidad

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.527 - Segunda Sección 11 Martes 24 de noviembre de 2020

recaudadora en modo software as Services (SAAS). Desarrollo específico para cada entidad de herramientas

de software que permitan la difusión y cobro de productos o servicios de las entidades recaudadoras para la

captura de suscripciones o pagos únicos o recurrentes a través de nuevas formas de servicios tales como Páginas

Web, Mails Automatizados, Tienda de E-comerce, Factura Electrónica, Cobro Telefónico, mensaje de texto, Redes

Sociales, Servicios de Integración, desarrollo, programación y mantenimiento de software a medida de cada

institución de los programas informáticos para integrar a la entidad con TODOS los medios de pago, digitales o

presenciales que permitan aumentar el volumen y eficiencia en los procesos informáticos de recaudación. Ayudar

al fortalecimiento económico y financiero de las instituciones recaudadoras brindando, por sí, por terceros, o

asociada a terceros, acceso a nuevas formas o plataformas de financiamiento para adelantos, inversiones

o necesidades específicas mediante Crowdfunding, Cripto-monedas, Block Chain, Smart Contracts entre

cualquier instrumento o metodología que puedan elegir las entidades recaudadoras siempre que no impliquen la

intermediación financiera bajo los preceptos que establezcan el BCRA o las autoridades de aplicación.- Y en fin,

realizar todas las operaciones relacionadas con el Objeto precitado, excluyéndose las comprendidas en la Ley

de Entidades Financieras y toda otra que requiera concurso público.- Asimismo, las actividades que lo requieran

serán ejercidas por profesionales con título habilitante. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social

la sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta

y el medioambiente. Se reformo articulo 3°. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea Ordinaria y

Extraordinaria de fecha 02/07/2020

María Florencia Lepez Matinati - Matrícula: 5290 C.E.C.B.A.

e. 24/11/2020 N° 57663/20 v. 24/11/2020