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N° 56889/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

Edictos Judiciales miércoles, 25 de noviembre de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18 a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, Secretaría

Nº 36 a cargo de la Dra. Adriana Bravo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º de la Capital Federal, en los autos

“HTS AR SA s/QUIEBRA (expte. 19524/2019) comunica por cinco (5) días que los acreedores por causa o título

anterior a la declaración de quiebra deberán solicitar la verificación de sus créditos ante el síndico Contador Carlos

A. Vicente, domiciliado en Bolivia 5472, Capital Federal, tel. (011) 4572-3726 presentando los títulos justificativos

hasta el día 4 de febrero de 2021, contando hasta el 22 de febrero de 2021 para impugnar las insinuaciones.

El síndico presentará los informes que establecen los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 22 de marzo de

2021 y 6 de mayo de 2021 respectivamente. Verificación de créditos: El interesado podrá optar por la vía no

presencial o vía presencial. Vía no presencial: deberá remitir mediante escrito que contenga firma digital u ológrafa,

adjuntando copia escaneada de su DNI -persona humana- o acto constitutivo y datos de inscripción registral

-persona jurídica-, junto con acreditación de personería y constancia de CUIT/CUIL mediante correo electrónico a

la dirección “htsarquiebra@gmail.com”; el escrito inicial y la documentación deberá remitirse en formato PDF. La

dirección de correo electrónico del presentante servirá como domicilio hábil en esta etapa informativa (sin perjuicio

de su obligación de constituir domicilio) Vía Presencial: el insinuante deberá comunicarse previamente por mail

con la sindicatura a “carlosvicent8@hotmail.com” a los fines de que se le asigne un turno para que comparezca a

dejar la verificación respectiva. Deberá presentar la documentación original y un solo juego de copias, y deberá,

indefectiblemente, también llevar todo esto digitalizado en formato PDF. Se recibirá la documentación y se le

asignará un nuevo turno para la devolución de los originales. Arancel verificatorio: El pago del arancel (cuando

corresponda) deberá ser efectuado por depósito o transferencia bancaria a la cuenta corriente en pesos Nº 73233

a nombre de Carlos Alberto Vicente en el Banco Credicoop Cooperativo Limitado Filial 022 Villa Pueyrredón

CBU 1910022355002200732332. El comprobante de la transferencia o depósito deberá ser acompañada con

la documentación a aportar con la insinuación del crédito. Las verificaciones, así como las impugnaciones y

observaciones (cfr. Art. 34 LCQ) y los informes de los art. 35 y 39 LCQ, podrán ser visibilizados a través del link:

https://drive.google.com/drive/folders/1zS8vG_xWn8MwYSzLx8QmPlfIrhmoiU8i?usp=sharing. Buenos Aires 17

de noviembre de 2020

Valeria Perez Casado Juez - Adriana Bravo Secretaria

e. 19/11/2020 N° 56889/20 v. 26/11/2020