N° 55075/20 Aviso del Boletín Oficial
DIMALESSI S.R.L.
Texto del aviso
DIMALESSI S.R.L.
Rectifico aviso N° 55075/20 publicado el 12/11/2020. Debería decir:“ 2) Objeto: La Sociedad tiene por objeto
dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: A) PRODUCTIVAS:
Fabricación de muebles y artículos de ebanistería, carpintería, en sus más variados tipos, formas y estilos;
muebles, sillas, tapicerías y toda otra explotación relacionada con la industrialización de la madera, inclusive la
carpintería mecánica y metálica. Fabricación, renovación y reconstrucción de muebles, sus partes y accesorios
de todo tipo y en sus más variadas formas para su uso doméstico, comercial e industrial. Fabricación de muebles
y accesorios para el hogar, oficina y comercio y gabinetes para todo tipo de artefactos; muebles y tapizados
cualquiera sea el material utilizado en el armazón. b) COMERCIALES: compra, venta, permuta, importación,
exportación, representación, distribución, consignación y explotación de artículos de herrajes y accesorios para
carpintería, y artículos como pinturas de cualquier tipo para terminación de muebles, y demás materia prima y
herramientas afines para la producción de todo tipo de muebles y carpintería en general. Diseño de fabricación de
muebles y trabajos de carpintería en madera; decoraciones integrales; compra, venta y fabricación de muebles en
general y complementos decorativos, así como también su diseño y fabricación. c) SERVICIOS: Asesoramiento,
asistencia técnica, labores y todo otro servicio relacionado con decoraciones integrales. La sociedad tiene plena
capacidad de derecho para realizar cualquier acto Jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad
lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto,
la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como
fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar
y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras; excluidas las reguladas por la Ley de Entidades
Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 4) Capital: $ 500.000 dividido en 50.000 cuotas
de $ 10 v/n y voto cada una. Suscripción: MANZHAI SVETLANA suscribe 40.000,00 cuotas y GAVRILIASTOVA
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.529 - Segunda Sección 26 Jueves 26 de noviembre de 2020
NATALIA suscribe la cantidad de 10.000,00 cuotas. Integración: 25% en efectivo y el saldo en 2 años.” Autorizado
según instrumento privado Contrato Constitutivo de fecha 11/11/2020
OMAR DANIEL ROJAS - T°: 130 F°: 416 C.P.A.C.F.
e. 26/11/2020 N° 58857/20 v. 26/11/2020