W20 Argentina W20Argentina

N° 58821/20 Aviso del Boletín Oficial

PGA DELTA VALORES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 26 de noviembre de 2020

Texto del aviso

PGA DELTA VALORES S.A.

Escritura Nº 121 del 24/11/2020, Escribano José Luis Pereyra Lucena, Reg. 465, Fº 448, CABA SOCIOS: Marcelo

Jorge RIVAS, argentino, nacido 22/09/1970, soltero, comerciante, DNI 21.764.754, domicilio Conesa 3518, 1º

piso, departamento “A” CABA; Raul Augusto FARIÑA, argentino, nacido 01/03/1967, casado, comerciante, DNI

18.181.636, domicilio en Av. Agustín García 6649, Tigre, Prov. Bs As, y Sylvia Alejandra MARTINEZ, argentina,

nacida 16/06/1967, casada, abogada, DNI 18.547.772, domicilio Virrey Loreto 2253, 3º piso, departamento “A”

CABA, DURACIÓN: 99 años desde su inscripción. Objeto: a) COMERCIALES: De Agente de Negociación, de

conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N. 1: 2013), por lo que podrá actuar en la

colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los

Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación Primaria o registrando operaciones en la negociación

secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos

efectos por la Comisión Nacional de Valores. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación

Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de

desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación

de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes,

siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones

propias y de sus clientes. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de

conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar

las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de

operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como

así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de

Negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los

Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de

los Agentes de Negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. A fin de llevar

a cabo las actividades antes mencionadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente categoría ante la

Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado Organismo

de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamentarias. Cualquiera

que sea la categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentra facultada a realizar,

en cualquier Mercado del país, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados,

permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas

“ut-supra “; podrá operar en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros

y opciones sobre valores negociables; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus

modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Capitales que puedan llevar

a cabo las categorías de Agentes antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y

reglamentarias en vigor. b) MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en

especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas,

mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia

haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como Agente de suscripciones o servicios

de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario,

Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la

materia; como agente colocador de cuotas-partes de Fondos Comunes de inversión, conforme a las normas de

la Comisión Nacional de Valores y los Mercados del país. c) FINANCIERAS: Operaciones que tengan por objeto

títulos de crédito o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la

ley vigente. No podrá realizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran

el concurso público. d) CAMBIARIAS: Compra y venta de monedas y billetes extranjeros; compra, venta y canje

de divisas en moneda extranjera; compra y venta de oro amonedado y en barras de buena entrega; arbitrajes

con los instrumentos operados en el mercado de cambios.- Capital Social: $ 6.000.000. Cierre De Ejercicio: 31/12

de cada año. Directorio: Presidente: Raul Augusto FARIÑA, vicepresidente: Sylvia Alejandra MARTINEZ, Director

Titular: Marcelo Jorge RIVAS fijan domicilio especial en la sede: Reconquista 336, sexto piso, oficina “Q”, CABA.-

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 121 de fecha 24/11/2020 Reg. Nº 465

Jose Luis Fernando Pereyra Lucena - Matrícula: 2180 C.E.C.B.A.

e. 26/11/2020 N° 58821/20 v. 26/11/2020